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¿Cuánto tiempo tardarías en obtener la resolución de la ley 73 de la Pensión IMSS?

Cuando se llega al final de la vida laboral, no hay nada como jubilarse para finalmente relajarse y disfrutar de los resultados de su esfuerzo, al mismo tiempo que obtiene un ingreso consistente de su Pensión IMSS.

En caso de que usted haya cotizado al Instituto Mexicano del Seguro Social antes del 1 de julio de 1997, es indispensable que consulte los requisitos correspondientes para realizar con éxito los trámites propios de su generación. Esto se debe a que la Ley del Seguro Social de 1973, a veces conocida como el Régimen del 73, fue legalmente obligatoria durante todo ese periodo de tiempo.

A las personas que cotizaron bajo la Ley del 97, que es otra ley que ahora está en operación, se les conoce como la Generación Afore. Por otro lado, las personas que han trabajado durante más tiempo no podrán utilizar este plan para jubilarse, y en ocasiones pueden tener problemas en cuanto al método para realizar los trámites.

Para que puedas realizar los preparativos adecuados y disfrutes de un retiro confortable, te orientaremos sobre el proceso para solicitar tu Pensión IMSS de acuerdo a la Ley 73 y el tiempo que tardarás en recibir tu Resolución de Pensión.

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¿En qué tiempo suele estar disponible para el solicitante la resolución de pensión del IMSS?

Cuando inicias el trámite para obtener tu Pensión IMSS bajo el Régimen del 73, por lo general la dependencia tarda aproximadamente dos semanas en emitir la Resolución de Pensión. Esto es así, independientemente de la modalidad de solicitud.

Sin embargo, ten en cuenta que los trámites ante el Seguro Social podrían alargar hasta sesenta días hábiles antes de que recibas los papeles definitivos.

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A diferencia del proceso de solicitud de pensión ante la Afore, el proceso de solicitud de pensión ante la Ley del IMSS de 1973 implica una serie de trámites adicionales. En concreto, el solicitante debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Edad de 60 años en adelante
  • Cotización mínima de 500 semanas
  • Haber causado baja del Régimen Obligatorio de la Ley del seguro Social
  • Que esté privado de un trabajo remunerado
  • Estar vigente en sus derechos ante el IMSS o dentro del período de conservación de derechos
  • Contar con los documentos como la identificación oficial, acta de nacimiento, Clave Única de Registro de Población (CURP), Número de Seguridad Social (NSS), comprobante de domicilio, estado de cuenta donde depositar los recursos.

Para iniciar el trámite de solicitud de pensión bajo el Régimen 73, es necesario que acudas a la Unidad de Medicina Familiar (UMF) del IMSS que corresponda a tu ubicación actual. Para iniciar el trámite, deberás proporcionar los documentos que se indicaron anteriormente y presentarte en la ventanilla. La resolución sobre tu pensión te será entregada en el plazo promedio que se especificó anteriormente.

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