Los jubilados del sistema Afore, que empezaron a cotizar en julio de 1997, verán complementada su pensión por el recién aprobado Fondo de Pensiones Asistenciales cuando cumplan 65 años. Esto garantizará que sigan recibiendo prestaciones.
Además, se les exige que cumplan con el criterio de recibir una pensión de por lo menos 17,893 pesos mensuales, que es menor al salario promedio que se tiene documentado ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). En los siguientes párrafos profundizaremos sobre las ramificaciones para las personas que están amparadas por la Ley 97 del IMSS.
La Pensión IMSS e ISSSTE darán un bono de 10 mil pesos, ¿a quiénes y por qué?
Influencia del Reglamento del Fondo de Pensiones para el Retiro en la Ley 97 del IMSS
Antes que nada, debes saber que el apoyo del gobierno dependerá de la capacidad del Fondo para cumplir con sus obligaciones, así como de las regulaciones que haya publicado la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
Una parte de los recursos se tomará de las utilidades de entidades paraestatales sectorizadas en las secretarías de la Defensa Nacional (Sedena) y de Marina (Semar), como el AIFA o el Tren Maya, o de los ingresos del Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado. Entre estas entidades se encuentran el Tren Maya y la AIFA.
Los fondos de retiro inactivos que no fueron reclamados por personas de 70 años o más (o, en el caso de los cotizantes del ISSSTE, de 75 años o más) serán la fuente de la mayor parte de este dinero.
Es fundamental señalar que la única fuente de ingresos de este fondo serán las cuentas de las personas físicas que tengan por lo menos setenta años de edad y que hayan fallecido previamente o se encuentren inactivas. Por lo tanto, la reforma no tendrá ningún efecto en tus recursos de la Afore si no te encuentras dentro de ese grupo de edad o si te encuentras dentro de ese grupo de edad, pero ya estás recibiendo una pensión.
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