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Los jubilados de la Pensión ISSSTE 2024 recibirán 40 días como pago de su aguinaldo

Al entrar al último trimestre de 2024, crece la expectativa entre innumerables mexicanos por uno de los eventos más esperados del año: la llegada del aguinaldo. Las personas que tengan derecho a la Pensión del ISSSTE recibirán un pago equivalente a 40 días de este beneficio.

Es importante señalar que se están realizando esfuerzos para reformar la Ley Federal del Trabajo para los trabajadores en activo, con el objetivo de duplicar el pago del aguinaldo de 15 a 30 días. Hasta el momento, esta propuesta aún debe recibir aprobación en los canales correspondientes.

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¿Cuál es el cronograma y la justificación detrás de la asignación de 40 días de aguinaldo?

La información oficial del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) indica que la fecha de pago de este beneficio se acerca más pronto de lo previsto, con depósitos programados para noviembre.

Los informes indican que todos los pensionados que cumplan con los requisitos necesarios son elegibles para un aguinaldo anual equivalente a 40 días de su pensión. Se garantiza que este monto no será menor a 6,121 pesos, lo que establece un umbral mínimo para los beneficiarios.

El bono se depositará en noviembre, lo que marcará la entrega inicial. Durante la primera quincena del mes, los beneficiarios recibirán su pago mensual estándar, junto con un pago adicional por 20 días adicionales, que está asociado a este beneficio.

Se prevé que la siguiente entrega del bono, que comprende 20 días adicionales, se desembolse a principios de enero de 2025. En noviembre, las personas que reciban el monto mínimo verán un pago mensual de 6,121 pesos, además de 3,060.50 pesos adicionales.

Estos son los documentos indispensables que te solicita la Pensión Bienestar para realizar un trámite

Requisitos

  • Tener de 60 a 65 años
  • Cumpliste el período mínimo de cotización de acuerdo con la Ley del Seguro Social (500 o 1250 semanas de cotización)
  • Te diste de baja del Régimen Obligatorio del Seguro Social
  • No tienes un trabajo remunerado y tienen vigentes sus derechos
  • Te registraste antes del 1 de julio de 1997

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