¿La Pensión del Bienestar no hará el próximo pago a los Adultos Mayores? Entérate
El objetivo de la Pensión del Bienestar, concebida para ayudar a las personas mayores (de 65 años o más) con su situación económica, es darles una pequeña cantidad de dinero adicional cada dos meses o, en algunas situaciones, su única fuente de ingresos. Gracias a este método, los beneficiarios pueden mejorar su calidad de vida y pagar lo esencial, como alimentos, medicinas y servicios relacionados con el hogar.
La Pensión del Bienestar es una iniciativa social que presta asistencia a las personas mayores satisfaciendo sus necesidades fundamentales, como proporcionarles alimentos, alojamiento y tratamiento médico. Sin embargo, para que las personas puedan optar a esta ayuda económica, que en definitiva mejora su calidad de vida, es necesario que cumplan ciertos requisitos.
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Para presentar la solicitud de la Pensión del Bienestar, es necesario tener al menos 65 años y estar en posesión de la tarjeta del Banco del Bienestar. Esto se debe a que, en los últimos tiempos, se ha convertido en el único método para percibir y cobrar con éxito los 6.000 pesos bimestrales sin la intervención de ningún intermediario.
Es importante tener en cuenta que los adultos mayores que posean su tarjeta del Banco del Bienestar pueden retirar sus fondos en cualquier sucursal del Banco del Bienestar (por ventanilla o cajero automático) sin tener que pagar comisión. Sin embargo, en el caso de que deseen retirar sus fondos de un banco diferente, deberán pagar una comisión, lo que significa que no recibirán la totalidad de su efectivo.
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¿Quiénes no podrían recibir los 6 mil pesos bimestrales?
El hecho de tener derecho a una Pensión del Bienestar no asegura que los adultos mayores sigan recibiendo sus 6,000 pesos cada dos meses de manera indefinida, a pesar de que cuenten con este beneficio. En caso de que el Programa Pensión por el Bienestar de las Personas Adultas Mayores logre cumplir con ciertos requisitos, es posible que no reciba su pago subsecuente, sino hasta la conclusión del ejercicio fiscal 2024.
Debido a los siguientes factores, se ha decidido suspender el programa conocido como “Pensión del Bienestar”:
- Inconsistencias en los datos de identificación del beneficiario.
- Dos no cobros consecutivos.
- Duplicidad.
- Inconsistencia en el medio de cobro.
- Por no localización de la persona derechohabiente.
- Por no presentarse a recoger su medio de cobro.
- Por incumplimiento a las Reglas de Operación.
El reglamento de la Pensión del Bienestar estipula que en caso de que un adulto mayor sea inhabilitado para recibir beneficios, se le proporcionará al beneficiario o a su ayudante mayor de edad información sobre la causa de la suspensión y los pasos a seguir para darla por terminada. Esta información se proporcionará cuando el beneficiario acuda a las oficinas de la Secretaría de Bienestar.
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