¿Cuál es el pago que da la Pensión IMSS a los jubilados cuando cumplen 60 años?
En este escrito se explica la cantidad de dinero que puedes esperar recibir de la Pensión IMSS si eres una persona de la tercera edad que se jubilará en un futuro cercano y deseas tener una fuente constante de ingresos mientras tanto. Una vez cumplidos los sesenta años de edad, se tiene derecho a comenzar a cobrar.
Los trabajadores pueden anticipar la obtención de una pensión que se determina por una serie de criterios, incluyendo su salario, el número de semanas que cotizaron al IMSS, el régimen de pensiones en el que están registrados, y otras consideraciones, después de alcanzar la edad en la que son elegibles para jubilarse.
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¿En qué consiste el pago de la jubilación a los sesenta años?
Para tener derecho a la jubilación en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) es necesario cumplir con los requisitos de la Ley del 73 (para aportaciones realizadas antes del 1 de julio de 1997) o de la Ley del 97 (para aportaciones realizadas después del 1 de julio de 1997).
Usted tiene derecho a participar en el plan de cesantía en edad avanzada por pertenecer al grupo de la Ley 73. Este plan incluye disposiciones que le permiten jubilarse a la edad de sesenta años y distribuye su pago de la siguiente manera:
- 60 años – 75% de la pensión
- 61 años – 80% de la pensión
- 62 años – 85% de la pensión
- 63 años – 90% de la pensión
- 64 años – 95% de la pensión
- 64 años y 6 meses – pensión completa
El hecho de que este plan le permita jubilarse a los sesenta años y aumente su indemnización en un cinco por ciento cada año hasta alcanzar el cien por cien es algo que podemos ver.
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¿Cuáles son los requisitos que hay que cumplir para poder jubilarse a una edad madura debido al desempleo que se ha producido?
- Tener sesenta años o más
- Darse de alta en el Régimen Obligatorio de la Ley de la Seguridad Social.
- Ya no tiene trabajo
- Afiliarse al Régimen Obligatorio de la Seguridad Social antes de que finalice el periodo de afiliación de 1997.
- Quinientas semanas de cotización mínima requerida
- Estar al día con el Instituto dentro del periodo de conservación de derechos que prevé la Ley
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