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¿Eres de la Ley 73 del IMSS? Podrías recibir un aumento desde un 12% hasta un 4.5%

A partir de 2025, las pensiones de la Ley 73 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) tendrán un incremento anual acorde a la inflación, cambio que se debe a las recientes actualizaciones legales y económicas. El reciente anuncio de la presidenta Claudia Sheinbaum busca atender los efectos del costo de vida en los ingresos de los jubilados.

Los principales beneficiarios serán las personas con derecho a la Pensión Mínima Garantizada. El aumento potencial en los pagos mensuales podría ser de hasta 12%. Esta iniciativa se alinea con el objetivo del gobierno de lograr que el salario mínimo alcance 2.5 veces el costo de una canasta básica, superando el promedio actual de 1.6 canastas básicas.

Por el contrario, el resto de los pensionados de la Ley 73 experimentarán un ajuste promedio de 4.5%, que está directamente ligado al índice de inflación, como lo indica la reforma en la metodología de cálculo.

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Novedades sobre cómo se calculan las pensiones del IMSS

En el pasado, las pensiones bajo este marco se modificaban con base en el salario mínimo. Recientemente, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una importante resolución que modificó este esquema, adecuándolo a la Unidad de Medida y Actualización (UMA) y tomando en cuenta los ajustes inflacionarios.

La confirmación de este incremento se establecerá a finales de año, una vez que la Comisión Nacional de Salarios Mínimos (Conasami) apruebe los incrementos correspondientes.

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Las disposiciones de la Ley 73 se aplican a las personas físicas que estuvieron registradas en el IMSS antes del 1 de julio de 1997. Este sistema contempla dos categorías principales de planes de retiro:

Pensión por vejez

  • Dirigidas a personas de 65 años o más.
  • El porcentaje de la pensión aumenta a medida que uno envejece, y finalmente alcanza el 100% cuando uno cumple 65 años.

Pensión por cesantía

  • Abierto a personas que se jubilan dentro del rango de edad de 60 a 64 años.
  • La proporción disminuye a medida que uno envejece, y el 75% de la suma total se asigna cuando uno llega a los 60 años.

En cualquiera de los dos casos, es necesario haber acumulado un mínimo de 500 semanas (lo que se traduce en 10 años de empleo registrado) y no estar empleado al momento de presentar la solicitud de pensión.

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