PENSIÓN IMSS 2024: ¿CUÁL ES LA PENSIÓN POR ORFANDAD Y QUIENES PUEDEN ACCEDER?
PENSIÓN IMSS 2024: ¿CUÁL ES LA PENSIÓN POR ORFANDAD Y QUIENES PUEDEN ACCEDER?
Por situaciones de enfermedad, edad avanzada o por un accidente, el pensionado puede llegar a faltar y ante esto debemos tener en cuenta de lo que se tiene que hacer para no dejar desamparados en este caso a la madre, padre e hijos, para ello te explicamos un poco sobre las pensiones que recibirían los beneficiarios en caso del fallecimiento del derechohabiente.
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) tiene el compromiso como parte de los derechos de los derechohabientes el otorgar la pensión del usuario a beneficiarios que estén dentro de los registros al realizar el proceso de su retiro, para ello se debe tener en cuenta las opciones que hay cuando fallece el titular, para ello te mostramos una de las más importantes.
Es referido como el apoyo por parte de la madre padre que por cuestiones desafortunadas llegan a faltar, dejando como únicos beneficiarios a los hijos a los cuales se le entrega la pensión del derechohabiente.
Para adquirir este beneficio es necesario que los hijos e hijas puedan comprobar el vínculo con el titular, para ello tienen hasta los 15 años para hacerlo, en caso de tener más de 16 a 25 años, deberán presentar estudios, dejando a un lado los casos de hijos con una invalidez otorgada por el IMSS.
Requisitos:
- Acreditar el vínculo con el pensionado
- Comprobar la edad del hijo.
- Que el titular de la pensión tenga cotizada 150 semanas, además de que se encontrara vigente o en conservación de sus derechos (Cesantía en edad avanzada o vejez).
- Tratándose de un fallecimiento, por algún riesgo de trabajo, es necesario presentar el dictamen de incapacidad permanente o de Defunción por Riesgos de Trabajo ST-3, expedido por los Servicios Médicos.
- En caso de que los hijos presenten alguna enfermedad crónica, incapacidad física o mental, es necesario el Dictamen de Beneficiario Incapacitado ST-6, expedidos por la institución.
Este trámite lo puedes realizar por medio de tu unidad de Medicina Familia (UMF) más cercana, la documentación necesaria que debes contemplar para el registro es la siguiente:
Del Asegurado
(original o copia certificada)
- Documento o identificación emitido por el IMSS, el INFONAVIT o una AFORE, que contenga el número del Seguro Social y el nombre del Asegurado.
- CURP
- Estado de cuenta de la AFORE (antigüedad no mayor a 6 meses)
- Copia certificada del Acta de Nacimiento,
Pensionado Fallecido
(original o copia certificada)
- Identificación proporcionada por el IMSS, el INFONAVIT o una AFORE, que contenga el número de Seguridad Social y el nombre del pensionado.
- Identificación oficial con fotografía.
- Acta de nacimiento.
Del Beneficiario
(original o copia certificada)
- Identificación oficial.
- Comprobante de Domicilio.
- CURP
- Constancia de Inscripción del Asegurado.
- Documento expedido por la institución de crédito autorizada con cuenta y clave bancaria Estandarizada (CLABE) para recibir la pensión.
- Acta de Nacimiento
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