
Las personas discapacitadas o de la tercera edad en México se encuentran entre las más vulnerables, por lo que requieren de programas sociales y asistencia adicional.
Las personas con discapacidad crónica tienen derecho a recibir 2.950 pesos cada dos meses de la Pensión del Bienestar para Personas con Discapacidad, que es un programa gestionado por el gobierno federal.
Por lo tanto, a pesar de que la Pensión del Bienestar es sumamente importante para las personas con discapacidad, algunas de ellas no tendrán derecho a ella después de agosto de 2023.
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Debido a que las personas con discapacidad permanente conforman uno de los subgrupos más vulnerables de la sociedad mexicana, el Estado ha desarrollado programas de asistencia y servicios sociales específicos para esta población.
Sin embargo
Para tener derecho a la Pensión Asistencial para Personas con Discapacidad, los solicitantes deben tener una discapacidad permanente y cumplir una serie de requisitos.
Debido a las restricciones, las personas que no sean de nacionalidad mexicana y que residan fuera de México no pueden optar a la Pensión Asistencial.
La Pensión Asistencial para Personas con Discapacidad está disponible para todas las personas de 0 a 64 años de edad; sin embargo, una vez que alcanzan la edad de 65 años, pasan a la Pensión Asistencial para Adultos Mayores.
“Mexicanos con Discapacidad Permanente por nacimiento o naturalización, con domicilio actual en la República Mexicana de: niñas, niños, adolescentes y jóvenes de 0 a 29 años de edad; y personas de 30 a un día antes de cumplir 65 años que vivan en municipios o localidades indígenas o afromexicanas o en municipios o localidades de alta y muy alta marginación, o en una entidad federativa. ”
Evita quedarte sin el pago debido a los cambios (Pensión Bienestar)
Requisitos para recibir una pensión asistencial por discapacidad
Para solicitar la Pensión Asistencial para Personas con Discapacidad es necesario presentar los siguientes tipos de documentación:
- Acta de nacimiento legible
- Identificación oficial vigente (INE, pasaporte, credencial del INAPAM, etcétera)
- CURP (impresión reciente)
- Comprobante de domicilio no mayor a seis meses (luz, agua, gas, predial o teléfono)
- Certificado de discapacidad emitido por alguna institución pública de salud
- Teléfono de contacto
En tanto, en el caso de las personas adultas auxiliares de las personas con discapacidad, deben presentar los siguientes requisitos:
- Acta de nacimiento
- Documento de Identificación vigente
- Clave Única de Registro de Población (CURP)
- Comprobante de domicilio (máximo 6 meses de antigüedad) o constancia de residencia de la autoridad local
- Documento que acredite el parentesco con la persona con discapacidad permanente.
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