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RECOMENDACIONES ANTES DE REALIZAR EL TRÁMITE DE TUS BENEFICIARIOS BAJO LA LEY 73 EN ESTE 2024

RECOMENDACIONES ANTES DE REALIZAR EL TRÁMITE DE TUS BENEFICIARIOS BAJO LA LEY 73 EN ESTE 2024

Si vas a realizar el trámite de tus beneficiarios ante el IMSS, debes saber algunas cosas que podrían ayudarte para asegurar perfectamente este proceso, te invitamos a que puedas leer la siguiente información, seguro te será útil.

PENSIONES IMSS: ASPECTOS IMPORTANTES QUE DEBES TOMAR EN CUENTA PARA EL REGISTRO DE BENEFICIARIOS POR LA LEY 73

Como parte de los derechos que tienes como derechohabiente pensionado dentro del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) tienes la oportunidad de contar con beneficiarios los cuales gozarán de tu pensión en caso de fallecimiento, en donde ellos tendrán el derecho de recibir mensualmente el total de lo que se te asigno.

canal informantes del bienestar
Canal informantes del bienestar

No importando la modalidad que hayas elegido o el porcentaje que se haya asignado a tu pensión impedirá que no puedas designar a tu familia como beneficiarios, para eso te dejamos las siguientes recomendaciones para realizar correctamente este proceso.

  • los principales beneficiarios que pueden recibir tu pensión en caso de fallecimiento son:

—Esposa (o)
—Hijos menores de 16 años de edad
—Hijos de entre 16 y 25 años
—Hijos con inhabilitación para trabajar
—Padres del pensionado
—Concubina (rio)

  • Puedes recibir un extra en tu pensión por medio de tus beneficiarios por concepto de carga familiar en donde cada miembro de tu familia puede aumentar el total de tu pensión, a esto se le denomina asignación familiar, el porcentaje que aporta cada uno es el siguiente:

  • Al momento de realizar el proceso de alta de tus beneficiarios toma en cuenta la documentación que se solicita para cada uno de ellos, verifica que esté actualizada y que los datos sean correctos, estos son algunos documentos que debes preparar.

La documentación qué debe presentar el pensionado es la siguiente:

Para realizar el alta de tus beneficiarios es necesario que asistas a la Unidad de Medicina Familiar (UMF) a la que este asignado (a) en un horario de lunes a viernes de 9 am a 3:30 pm.

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