Todavía hay muchos jubilados que se muestran insatisfechos con la cantidad de dinero que recibirán mensualmente, a pesar de que el IMSS autorizó su liquidación de pensiones. Sin embargo, hay formas de aumentar el monto de esa pensión.
Por ejemplo, puedes establecer asignaciones familiares, lo que significa agregar más beneficiarios a tu pensión. Potencialmente, esto podría aumentar sus ingresos hasta en un quince por ciento en determinadas circunstancias.
También podrás presentar una reclamación en el caso de que no recibas el importe cuando se difunda la resolución sobre la pensión. Tu situación será investigada por el IMSS, y si hay algún problema con la información que proporcionaste (por ejemplo, un conteo inexacto del número de semanas que cotizaste), aumentarán tu pensión.
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Sin embargo, hay otras cosas además de mil cosas; por ejemplo, a un trabajador se le puede negar su solicitud de pensión, lo que indica que el IMSS no cree que esté calificado para recibir una pensión vitalicia y que debe conformarse con el dinero que actualmente tiene en su cuenta Afore.
Teniendo en cuenta que algunas personas solo reciben como pensión el 80% de su salario, es importante saber que hay trabajadores y jubilados que tienen la posibilidad de aumentar el monto de su pensión si no han ganado o recibirán el 100%.
Las pensiones de estos jubilados se incrementarán anualmente
Según informó el Ministerio del Interior, el Fondo de Pensiones para el Bienestar fue creado en 2024 con la intención de ofrecer a los jubilados de bajos ingresos un complemento equivalente al cien por ciento de sus ingresos más recientes. Para lograr este objetivo se utilizarán cuentas de Afore inactivas.
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El decreto que crea el Fondo de Pensiones para el Bienestar, que apareció en el Diario Oficial de la Federación en su artículo 2, explica que esta cuenta particular de ahorro para el retiro “tiene como objeto principal recibir, administrar, invertir y entregar los recursos que se aportan al Instituto Mexicano del Seguro Social y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado en términos de las disposiciones legales aplicables para garantizar que los trabajadores que cumplan 65 años de edad y cuya pensión sea igual o inferior a 16,777.68 pesos reciban a través de dichos institutos federales un complemento a las obligaciones del Gobierno federal en relación con la pensión obtenida de conformidad con las disposiciones aplicables”.
Sin embargo, el decreto establece adicionalmente que, “para que sea igual a su último salario hasta el monto descrito en este párrafo; dicho monto deberá actualizarse el 1 de enero de cada año, de acuerdo con la inflación estimada para el período correspondiente”. La implicación de esto es que estos jubilados experimentarán un aumento anual.
Este complemento de pensión seguramente se implementará para los empleados que forman parte del régimen de cuenta individual anterior al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. Esto es algo que se hará de conformidad con la Ley de Seguridad Social que entró en vigor el 1 de julio de 1997. El contenido complementario es para el perfeccionamiento del personal.
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