Como parte del programa social conocido como Pensión para el Bienestar del Adulto Mayor, que administra la Secretaría de Bienestar, las personas mayores de 65 años reciben un depósito de 6.000 pesos en sus cuentas del Banco del Bienestar cada dos meses.
En lo que respecta a la mayoría de las personas, la Constitución Política de México estipula que para poder tener derecho a la Pensión de Bienestar del Adulto Mayor es necesario tener al menos 68 años de edad.
Por otro lado, de acuerdo con una orden emitida por el presidente Andrés Manuel López Obrador, la Pensión para el Bienestar de las Personas Mayores comenzó a recibir aportaciones de personas de 65 años y más.
En consecuencia, el ex-presidente Andrés Manuel López Obrador elevó una propuesta al sobre una iniciativa de reforma. Esta propuesta tiene como objetivo cambiar la Carta Magna para posibilitar que la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores comience a pagar a sus beneficiarios a partir de los 65 años.
“Durante mi conferencia matutina en Palacio Nacional, el presidente López Obrador hizo un comentario sobre el sistema de pensiones. Dijo que originalmente estaba destinado a adultos mayores de 68 años, pero desde hace dos o tres años se administra a partir de en 65. Esto se debe a que originalmente se pretendía que fuera 65 para las comunidades indígenas además de la universal, pero se decidió que 65 sería la edad para todos. Sin embargo, en la Constitución todavía está escrito como 68, por lo que así será. corregirse y modificarse a 65”, explicó.
Por extensión, la reforma que busca disminuir oficialmente la edad de elegibilidad para la Pensión para el Bienestar de las Personas Mayores a 65 años debería poder ser aprobada por el Poder Legislativo Federal antes de que finalice la administración del presidente López Obrador, lo que Se prevé que ocurra a más tardar el 30 de septiembre de 2024.
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Requisitos
Antes de poder presentar una solicitud para recibir los beneficios de la Pensión para el Bienestar de las Personas Mayores, debe asegurarse de cumplir con las siguientes características:
- Haber cumplido 65 años o más de edad.
- Ser mexicano o mexicana por nacimiento o naturalización con domicilio actual en la República Mexicana.
- Acta de nacimiento.
- Documento de identificación vigente.
- CURP.
- Comprobante de domicilio.
- Formato Único de Bienestar debidamente llenado.
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