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La Pensión Bienestar facilita lista de cosas por las que te pueden quitar tu apoyo

La Pensión para el Bienestar de los Adultos Mayores ha surgido como una importante fuente de ingresos para los jubilados que no cumplen con los requisitos para recibir una pensión ya sea del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).

Por lo tanto, si eres una persona de la tercera edad que está recibiendo beneficios de la Pensión para el Bienestar de los Adultos Mayores, debes saber que hay cosas específicas que debes evadir, para evitar que los 6,000 pesos que se depositan en tu tarjeta del Banco del Bienestar cada dos meses se desperdicien.

¿Cómo pueden activar su tarjeta los nuevos beneficiarios de la Pensión para el Bienestar?

canal informantes del bienestar
Canal informantes del bienestar

Es por ello que, de acuerdo con el reglamento del programa Pensión Bienestar para Adultos Mayores, el apoyo social se dejará de otorgar en las siguientes situaciones:

  • Si el beneficiario no se presenta cada seis meses para aportar pruebas de supervivencia…
  • Si resulta que las afirmaciones de la persona o el documento no son ciertas.
  • Y en caso de que el beneficiario deje voluntariamente de recibir prestaciones.

¿Cómo funciona el Pago de Marcha?

“El Pago de Marcha es un depósito único que se pagará a la familia de un beneficiario de la Pensión Bienestar para Ancianos cuyo fallecimiento haya sido notificado a la Secretaría de Bienestar. Este depósito se efectuará tras el fallecimiento del beneficiario”.

Los trabajadores recibirán el 100% de las pensiones ISSSTE e IMSS

Como resultado, la Secretaría de Bienestar ha emitido un decreto que estipula que en caso de fallecimiento del difunto, el adulto auxiliar recibirá un estipendio monetario conocido como “Pago de Marcha”. Este estipendio equivale a 2,400 pesos para los mayores de 65 años y a 1,475 pesos para los menores de 65 años.

En caso de que un adulto auxiliar de un beneficiario fallecido de la Pensión del Bienestar para Personas con Discapacidad o de la Pensión del Bienestar para Adultos Mayores haya fallecido, es necesario realizar los siguientes trámites para que usted pueda acceder al Pago de Marcha:

  • Deberás comunicar lo antes posible el fallecimiento del causante a uno de los Módulos del Bienestar o a la Línea del Bienestar, llamando al 800 639 4264, si es titular de la Pensión del Bienestar.
  • Posteriormente, deberás verificar que su inscripción en el programa como adulto auxiliar esté vigente.
  • Además, asegúrese de que el adulto auxiliar no recibe ningún dinero en los dos meses siguientes al fallecimiento del beneficiario, ni después.
  • Por último, para comprobar esta condición dentro de los dos meses posteriores al fallecimiento, deberás llevar una identificación oficial junto con el documento original del acta de defunción o un certificado médico expedido por una institución pública.

Los adultos mayores con pensión IMSS e ISSSTE recibirán una importante noticia de AMLO

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