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La Pensión Bienestar 2024 permite cobrar la Pensión de un beneficio fallecido

Con la Secretaría del Bienestar, la Pensión Bienestar se destaca como uno de los proyectos sociales más sorprendentes que se están administrando. Es importante señalar que el programa ha tenido un gran desarrollo en el transcurso de los últimos seis años, presentando un incremento del 25% en el depósito bimestral de la pensión, así como un aumento en el número de sucursales del Banco del Bienestar.

Es lamentable que las personas mayores que se beneficiarán de este programa social puedan fallecer por diversas razones, las más comunes de las cuales están directamente relacionadas con su edad. En este escenario, cuando un miembro de la familia fallece siendo beneficiario de la Pensión Bienestar, surgen dudas como “¿puedo seguir recibiéndola?” y “¿qué tengo que hacer para seguir recibiéndola?”.

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En el caso de que la persona titular de la Pensión Bienestar fallezca, la Secretaría del Bienestar ofrece ayuda económica a los familiares directos del beneficiario a través del Pago de Marcha. Para obtener información adicional sobre el proceso de solicitud de esta ayuda, favor de consultar lo siguiente.

El Pago de Marcha se concede a los familiares directos del beneficiario de una Pensión Bienestar en el caso de que éste fallezca sin haberla percibido. Pueden beneficiarse de esta prestación los afiliados a la Pensión Bienestar, independientemente de que sean personas en edad de jubilación o personas con discapacidad.

Pensión Bienestar 2024 informa sobre fechas de pagos y aumentos

Cumple con estos puntos para solicitar el Pago de Marcha

  • Los beneficiarios de la Pensión Bienestar están obligados a informar a la Línea Bienestar en el número 800 6394 264 en caso de fallecimiento del beneficiario.
  • Asegúrese de notificar antes de la fecha límite, dos meses después del fallecimiento del beneficiario, los familiares deben solicitar la Paga de Marzo.
  • En el momento de la inscripción, el beneficiario ha designado a un adulto auxiliar o a un representante para que actúe en su nombre y sea responsable de llevar a cabo el procedimiento hasta su finalización.

Para cobrar el Pago de Marcha, es imprescindible cumplir con los trámites que se han expuesto anteriormente, además de cumplimentar los requisitos que se han establecido en el programa Pensión Bienestar. Tenga en cuenta que una vez fallecido el beneficiario, sus familiares están obligados a comunicarlo a la Secretaría de Bienestar. Esto es algo que debe tenerse en cuenta. De lo contrario, se estaría cometiendo una infracción a la ley.

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