Si durante su vida laboral usted colaboró al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) conforme a la Ley del Seguro Social de 1973, se espera que su pensión aumente si es afiliado a la Ley 73 del IMSS, según lo establecido por la SCJN. Esta información tiene un valor significativo para todos los pensionados dentro de este régimen en el país.
Recientemente, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dictaminó que el ajuste de las pensiones por retiro a una edad avanzada debe basarse en el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) en lugar del salario mínimo.
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Así puedes aumentar tu Pensión de Ley 73
El sitio web de la Suprema Corte de Justicia de la Nación proporciona acceso a las tesis y expedientes revisados por los ministros. Cabe destacar que la conclusión sobre el aumento de las pensiones bajo la Ley 73 del IMSS está documentada en el expediente 157/2024, que establece:
“Beneficios de retiro para quienes enfrentan el desempleo en años posteriores”. Se evalúa si el incremento debe basarse en el salario mínimo vigente o en el índice nacional de precios al consumidor para garantizar la subsistencia del trabajador.
La conclusión es que las personas que se registraron en el IMSS antes del 30 de junio de 1997 verán incrementada su pensión de acuerdo con el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC).
Requisitos para pensión Ley 73 del IMSS
Para acceder a este beneficio, debes cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener al menos 60 años al momento de presentar tu solicitud de pensión.
- Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
- Tener registradas ante el IMSS, como mínimo, 500 semanas de cotización.
- Encontrarse dentro del periodo de conservación de derechos, que será igual a la cuarta parte del tiempo cubierto por tus cotizaciones semanales, contando a partir de la fecha de tu baja.
Porcentajes de la pensión
El porcentaje de la pensión corresponderá a la edad en la que se concluya la vida laboral:
- 65 años: 100%
- 64 años: 95%
- 63 años: 90%
- 62 años: 85%
- 61 años: 80%
- 60 años: 75%
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Pasos a seguir para el trámite
- Acude a la Subdelegación del IMSS para presentar tu Solicitud de Disposición de Recursos.
- Una vez que recibas respuesta del IMSS y conozcas la forma de disposición que te corresponde, acude a la Afore para iniciar el trámite de disposición de recursos.
- Presenta la documentación antes mencionada en la sucursal de la Afore junto con la “Solicitud de Disposición de Recursos” completa y firmada.
- En un plazo máximo de seis días hábiles, la Afore verificará que los recursos estén disponibles de acuerdo al régimen de pensiones elegido.
Si el IMSS determina que una persona no cumple con los criterios establecidos en la Ley del Seguro Social para la obtención de una pensión, los fondos de la cuenta de la Afore se desembolsarán en efectivo. En tanto, los fondos del SAR IMSS 92 y del SAR Infonavit 92 estarán disponibles únicamente cuando la persona cumpla 65 años.
Para determinar su régimen, simplemente consulte su Estado de Cuenta de la Afore o adquiera un Certificado de Vigencia de Derechos a través del sitio web del IMSS.
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