
Los trabajadores de México que cotizaban en el Sistema Mexicano del Seguro Social (IMSS) tenían derecho a una pensión garantizada por el sistema. El sustento de las personas una vez concluido el periodo estaba asegurado por el pago mensual. Cuando el beneficiario fallecía, podía llegar a sus familiares cercanos.
Existen tres formas, según el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), de obtener dichos fondos. Las dos primeras son el despido por edad avanzada, la jubilación anticipada o la incapacidad permanente por alguna causa. La tercera, por último:
De acuerdo con la página de internet del organismo, “Las pensiones para los beneficiarios de un trabajador o pensionado, al momento de su fallecimiento, incluyen viudez, orfandad y ascendientes”.
Si una persona acumula fondos de pensión, sus familiares directos pueden tener derecho a heredar ese dinero si cumplen determinados criterios.
¿Cómo solicitar una pensión por viudez?
Lo más común es que la pensión del IMSS se transmita a la viuda del afiliado fallecido. En este supuesto concreto, la cuantía económica puede ser reclamada por la persona con la que el asegurado fallecido convivió durante los cinco años anteriores a su muerte y tuvo hijos, siempre que ambos no estuvieran casados.
Para poder cumplir con dicho procedimiento, es necesario que:
- El asegurado haya cumplido, por lo menos, con 150 semanas de cotización al momento de su muerte, excepto si esta derivó de un riesgo de trabajo.
- La pareja debe acreditar el vínculo matrimonial o la relación de concubinato.
- Acreditar la dependencia económica con la persona asegurada o pensionada fallecida.
¿Instrucciones para presentar una solicitud de pensión de orfandad?
Los huérfanos también pueden obtener una pensión. Los hijos de un asegurado o pensionado fallecido tienen derecho a una ayuda económica hasta los 15 años, hasta los 16 años y hasta los 25 años si acreditan que han continuado sus estudios. Solo quedan excluidos de esta regla los niños y adolescentes discapacitados del IMSS.
Si el beneficiario está incapacitado para trabajar debido a “una enfermedad crónica, defecto físico o mental, hasta que desaparezca la incapacidad que padece”, entonces tiene derecho a la ayuda incluso después de los 16 años.
Además, el asegurado debe tener “150 semanas cotizadas y estar en vigor o en conservación de derechos en el momento de su fallecimiento.”
¿Presentar su solicitud para percibir la pensión del ascendiente?
Podrán recibir la transferencia mensual de la pensión los padres del asegurado o pensionado fallecido que no haya dejado cónyuge, hijos, concubinas o concubinarios con derecho a pensión. Todos los interesados deben cumplir estos requisitos.
- Acreditar el vínculo filial con el asegurado o pensionado fallecido.
- Acreditar la dependencia económica con el asegurado o pensionado fallecido.
- Que no exista cónyuge, hijos o concubina(rio) con derecho a la pensión.
Para poder hacer uso de este derecho, el asegurado o pensionista debe haber completado al menos “150 semanas de cotización y estar en vigor o en conservación de derechos (seguro de invalidez, jubilación, desempleo por edad avanzada o vejez)” hasta el momento de su fallecimiento. Este requisito es el mismo que en los dos casos anteriores.