Tanto el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) como el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) cuentan con mecanismos que pueden utilizarse para mejorar el monto de la pensión que se otorga a los jubilados del mundo laboral. Esto es algo que se debe tomar en cuenta sin importar si se trabaja en el sector privado o público.
Es posible que estos factores tengan dos efectos distintos en el monto de la indemnización que obtendrán los trabajadores del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) una vez que concluyan su labor:
- Hacer aportaciones voluntarias a su Cuenta Afore.
- Inscribirse a la Modalidad 40 del IMSS.
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De acuerdo con la Comisión Nacional del Sistema de Retiro (Consar), los trabajadores del sector formal de México tienen la oportunidad de ahorrar dinero adicional a través del ahorro voluntario en caso de que realicen aportaciones voluntarias a la cuenta de la Afore. Esto les permitirá disponer de una mayor cantidad de dinero al momento de su retiro.
En el entendido de que son personalmente responsables del pago de las cuotas de los meses vencidos, la Modalidad 40 del IMSS, cuyo nombre oficial es “Continuación voluntaria al régimen obligatorio en el IMSS”, permite que un trabajador que haya sido despedido por la empresa en la que laboraba continúe realizando pagos al IMSS. Este es el caso de acuerdo a la Modalidad 40 del IMSS. Para ser considerado afiliado al régimen 73, es indispensable haber iniciado labores antes del primero de junio de 1997.
Los interesados en afiliarse al IMSS Modalidad 40 tienen la opción de hacerlo en línea o en la ventanilla de la subdelegación que corresponda a su interés.
Documentos requeridos
En el caso de que se realice en línea, se requiere la presentación de los siguientes documentos:
- Clave Única de Registro de Población (CURP).
- Número de Seguridad Social (NSS).
- Correo electrónico.
En su lugar, se requiere presentar los siguientes documentos en caso de que el trámite de identificación se realice en la subdelegación del IMSS:
- Clave Única de Registro de Población (CURP).
- Número de Seguridad Social (NSS).
- Correo electrónico.
- Identificación oficial vigente. Original y copia.
- Escrito libre solicitando la inscripción en la continuación voluntaria en el régimen obligatorio, con firma autógrafa o huella digital. Original y copia.
- Comprobante de domicilio. Original y copia.
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¿Qué pueden hacer para mejorar su pensión los trabajadores?
También cabe señalar que los trabajadores que cotizan en el ISSSTE tienen la oportunidad de mejorar su pensión de jubilación a través de la 4 A continuación se mencionan cuatro pagos voluntarios que pueden realizar al ISSSTE (Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado) para mejorar el monto de su pensión al momento de jubilarse:
- Temporal: los fondos pueden retirarse siempre que sea necesario si la cuenta es gestionada por AFORE PENSIONISSSTE.
- Largo plazo: a efectos de deducción fiscal, el dinero debe permanecer en una cuenta individual durante al menos cinco años.
- Invertir a largo plazo: las nuevas aportaciones solo pueden deducirse fiscalmente si permanecen invertidas hasta los 65 años.
- Añadido a un fondo de jubilación: los fondos no se pueden retirar hasta que el titular de la cuenta cumpla la edad de jubilación.
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