Pensión IMSS

Dos Épocas de Pensiones en México: Ley de 1973 y Reforma de 1997

Entendiendo los Diferentes Caminos hacia la Jubilación: Requisitos y Beneficios Según la Fecha de Inicio de Cotización

En el ámbito laboral de México, las regulaciones para la jubilación han evolucionado significativamente, reflejando cambios en la política social y las necesidades de los trabajadores. Actualmente, existen dos leyes principales que rigen el derecho a pensionarse: la Ley del Seguro Social de 1973 y la reforma de 1997. Estas leyes representan diferentes enfoques y requisitos para acceder a la pensión, dependiendo de cuándo el trabajador empezó a cotizar.

La Ley de 1973 está diseñada para aquellos trabajadores que iniciaron sus cotizaciones antes del 1 de julio de 1997. Bajo esta ley, es posible pensionarse a partir de los 60 años, siempre que se hayan acumulado al menos 500 semanas de cotización. A medida que el trabajador envejece, el monto de su pensión aumenta, alcanzando el 100% de su último salario registrado al cumplir los 65 años. Este sistema, más tradicional, se basa en un esquema de beneficios definidos, donde el monto de la pensión depende principalmente del tiempo cotizado y la edad del trabajador al jubilarse.

canal informantes del bienestar
Canal informantes del bienestar

Por otro lado, la Ley de 1997 introdujo un sistema basado en cuentas individuales, administradas por las Administradoras de Fondos para el Retiro (AFORES). Esta ley aplica a los trabajadores que comenzaron a cotizar después del 1 de julio de 1997. Bajo este régimen, los trabajadores deben acumular un mínimo de 825 semanas de cotización y alcanzar los 65 años para recibir una pensión por vejez. El monto acumulado en la cuenta individual es crucial, ya que determina el tamaño de la pensión. Este sistema introduce un componente de ahorro personal y riesgo de mercado, donde factores como el desempleo o fluctuaciones en los rendimientos de inversión pueden influir en el monto final de la pensión.

La principal diferencia entre ambos sistemas radica en la naturaleza de la pensión. Mientras que la Ley de 1973 permite una mayor previsibilidad del monto de pensión, basado en criterios claros de edad y tiempo de servicio, el sistema de cuentas individuales de 1997 presenta un mayor riesgo y dependencia de las condiciones de mercado y el rendimiento individual de las inversiones. Esto refleja un cambio en la filosofía de seguridad social, de un sistema solidario a uno más centrado en la capitalización individual.

¡Últimos lugares!

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Back to top button