Puedes tramitar tu pensión IMSS e ISSSTE de esta forma si estás por cumplir 60 años
Al cumplir 60 años de edad o más, los trabajadores que hayan cotizado al IMSS o al ISSSTE tienen derecho a recibir una pensión. A continuación se detallan los requisitos previos y las etapas procesales que implica el régimen de pensiones.
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¿Cuáles son los requisitos para tener derecho a una pensión del IMSS o del ISSSTE?
Cabe destacar que se firmó un convenio de portabilidad entre la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR), el IMSS y el ISSSTE con el propósito de integrar las aportaciones del personal empleado en los sectores público y privado. Los requisitos previos son los siguientes:
– Contar con cotización en IMSS o ISSSTE.
– Formar parte de la Ley 73 o 97 del IMSS, o pertenecer al Régimen de Cuentas Individuales ISSSTE.
– Tener una edad mínima de 60 años; el trámite se puede iniciar en el transcurso del año anterior a cumplir esa edad.
– Estar en periodo de Conservación de Derechos en el IMSS (para Régimen 73).
– Contar con la constancia de Periodos Reconocidos ISSSTE-IMSS.
Trámites para la tramitación de Pensiones del IMSS e ISSSTE
-Para actualizar sus datos personales, diríjase directamente a la institución responsable de su manejo.
-Es indispensable tener a la mano el estado de cuenta, ya que contiene el balance general y los datos de movimientos. Además, el extracto de cuenta es necesario para otros trámites ante las instituciones mencionadas, como vivienda y seguridad social.
– Consolide el Expediente Electrónico Único: Utilice medios electrónicos para almacenar sus datos, documentos, huellas dactilares y biometría facial. Para cualquier trámite, el expediente es fundamental.
-Contacta al IMSS o al ISSSTE si tienes alguna duda sobre la operación de tu pensión. Esta información de contacto la proporciona el Instituto Mexicano del Seguro Social: 800 623 2323; el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales ofrece también los números antes mencionados: 800 400 1000 y 800 400 2000.
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