Tras la aprobación del nuevo sistema de pensiones, que tiene como objetivo que algunos trabajadores del país reciban una pensión de hasta el cien por ciento, se anunciaron los ajustes adicionales por los que deberán pasar los jubilados para acceder al dinero que se les entregará mensualmente.
Tanto el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) como el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) han realizado revisiones a sus avisos oficiales de gaceta para facilitar a los jubilados la recepción de sus pagos durante el retiro.
¿Cuáles son las nuevas disposiciones que se aplican a los jubilados?
De acuerdo con la sección No. 14 de las normas fundamentales que se señalan en el DOF, se autoriza que el pago de las pensiones se realice únicamente a través de la transferencia de fondos a las cuentas bancarias de los beneficiarios. Por otro lado, aquellas personas que hayan designado una modalidad alternativa de pago, podrán acogerse a ciertas circunstancias excepcionales.
Como consecuencia de ello, es imprescindible comunicarse con los jubilados para solicitar la cuenta clabe, así como los documentos bancarios necesarios.
Además, señalaron que la cuenta de la persona de la tercera edad debe estar únicamente a su nombre, y que está estrictamente prohibido retirar dinero de la cuenta de cualquier otra manera.
¿Cómo afecta el Fondo de Pensiones para el Bienestar a la Ley 97 del IMSS?
Ratificación de las mejoras del sistema de jubilación
En la Cámara Alta, también conocida como Senado de la República, se acordó de manera general que se debe implementar una reforma al sistema de pensiones. Con la ayuda de esta reforma, se podrá crear el Fondo de Pensiones, con la intención de garantizar que todas las personas inscritas puedan beneficiarse de las prestaciones de jubilación.
Cabe señalar que los fondos se extraerán de las mismas cuentas inactivas que mantenían las Administradoras de Fondos de Jubilación descritas anteriormente. Esto significa que las cuentas no se han tocado en años o tienen activos que no han sido reclamados por los familiares.
Es importante señalar que estos fondos procederán de las mismas cuentas que en el pasado; sin embargo, o bien han estado inactivas durante un tiempo considerable o no han sido reclamadas por los herederos del fallecido.
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