Es especialmente duro perder a un familiar cercano cuando el cónyuge depende económicamente del otro miembro de la familia. Un estipendio del Instituto Mexicano del Seguro Social puede ayudar a algunas personas a sobrellevar la angustia de esta pérdida. ¿Recibe el varón la prestación en caso de que fallezca la mujer?
¿Quién tiene derecho a percibir una pensión por viudedad?
La esposa o pareja de hecho de un asegurado o pensionista fallecido. Si ninguna de las partes estaba casada, la pensión puede ser solicitada por la mujer o el hombre con el que el asegurado o el pensionista fallecido haya residido al menos cinco años inmediatamente antes de su fallecimiento o por la mujer o el hombre con el que el pensionista fallecido haya tenido hijos.
Se puede abonar una pensión a la viuda o al viudo del asegurado, así como a la viuda o al viudo del inválido. En caso de que el pensionista no tenga cónyuge superviviente, la pensión puede abonarse a la concubina del pensionista, siempre que haya vivido al menos cinco años antes del fallecimiento del pensionista; a la persona con la que el pensionista haya tenido hijos, siempre que ambas partes se hayan abstenido de contraer matrimonio durante el concubinato; o a la persona que haya contraído una unión civil con el pensionista.
Si el asegurado fallecido o el pensionista de invalidez tenía más de una concubina en el momento de su fallecimiento, ninguna de las concubinas tendrá derecho a la pensión.
Para tener derecho a la pensión de viudedad es necesario cumplir los siguientes requisitos:
- El asegurado(a) fallecido(a) debería tener 150 semanas de cotización al momento de su muerte, excepto si el fallecimiento ocurrió a causa de un riesgo de trabajo.
- El asegurado(a) debe estar vigente en sus derechos.
- La esposa(o) debe acreditar el vínculo matrimonial, o la concubina(rio) la relación de concubinato.
- Si el fallecimiento del asegurado es derivado de un riesgo de trabajo, se requiere la dictaminación de los servicios médicos institucionales, a través del formato “Dictamen de Incapacidad Permanente o de Defunción por Riesgo de Trabajo ST-3”.
- El esposo o concubinario debe acreditar la dependencia económica con la asegurada o pensionada fallecida.
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¡Claro que sí! Las mujeres también pueden dejar la pensión del IMSS a su esposo. ¡Equidad de género! 💪🏼
¡Qué locura! Claro que una mujer puede dejarle la pensión al esposo. ¡Igualdad para todos! 🙌🏼💪🏼
Creo que los hombres también deberían poder recibir la pensión del IMSS de sus esposas. ¿Por qué no?
¿Por qué no podemos simplemente dividir la pensión del IMSS a partes iguales? ¡Equidad de género!
Creo que los hombres también deberían poder recibir la pensión del IMSS de sus esposas. ¿Por qué no?
¡Claro que sí! ¿Por qué no? Las mujeres también pueden ser proveedoras en la familia. #NuevosTiempos
¡Totalmente de acuerdo! El género no define nuestras capacidades para ser proveedores en la familia. El mundo está cambiando y es hora de dejar atrás los estereotipos. ¡Adelante, mujeres valientes, a romper barreras y demostrar nuestro potencial! #IgualdadDeOportunidades
¡Claro que sí! Las mujeres también pueden dejar la pensión del IMSS a su esposo. ¡Equidad de género! 💪🏼💁🏻♀️
¡Totalmente de acuerdo! La equidad de género es fundamental. Además, es importante reconocer que las mujeres también pueden ser proveedoras económicas en el hogar. ¡La sociedad está cambiando y es maravilloso ver cómo se rompen estereotipos! 💪🏼💁🏻♀️
¿Por qué no podemos simplemente dividir la pensión equitativamente entre esposos? ¡Justicia para todos!
¡No todos los matrimonios son iguales! Algunos contribuyen más a la pensión que otros. La equidad no siempre significa igualdad.
¡No entiendo por qué solo los esposos pueden recibir la pensión por viudedad! ¡Es discriminación!
¡Estoy de acuerdo contigo! Es totalmente injusto y discriminatorio. Las leyes deben cambiar para garantizar la igualdad de derechos para todos, sin importar el género. Es hora de luchar por la justicia y el respeto mutuo.
¡Claro que sí! Si las mujeres pueden trabajar, también pueden dejar pensión al esposo. #IgualdadDeGénero
Vaya, vaya, que comentario más interesante. Pero ¿sabías que el sistema de pensiones ya se basa en la contribución individual? No se trata de género, sino de justicia. ¡Informarse antes de opinar no está de más! #TodosTenemosDerechos
¡Vamos, chicos! Si una mujer puede dejar la pensión del IMSS a su esposo, ¿por qué no puedo dejar mi pizza a mi perro? 🍕🐶 #pensioneslocas
Vaya, amigo, entiendo tu punto, pero comparar una pensión del IMSS con una pizza para perros es un poco exagerado, ¿no crees? Cada cosa tiene su contexto y no podemos equipararlas así nomás. Mejor cuidemos de nuestros fieles amigos y de nuestras propias pensiones. 🐶💼
¡Claro que sí! Si el esposo cocina rico y limpia la casa, ¡por qué no! #RolesReversibles