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Requisitos y pasos para tener una mejor pensión IMSS-ISSSTE

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La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) emitió recientemente un importante recordatorio a las personas que han cotizado al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), en reconocimiento a la trascendencia de las pensiones.

En este sentido, la Condusef recordó a quienes han cotizado ante el IMSS y el ISSSTE que pueden recibir una pensión superior como resultado de la Portabilidad, que es un convenio entre estos dos organismos y la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar).

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*Contar con cotizaciones en ambos institutos (IMSS e ISSSTE).

*Formar parte de la Ley 73 o 97 del Seguro Social (LSS 73 Y LSS 97) y pertenecer al Régimen de Cuentas Individuales ISSSTE.

*Tener una edad mínima de 60 años (puedes iniciar el trámite en el transcurso del año anterior a cumplir la edad).

*Estar en periodo de Conservación de Derechos en el IMSS (para pensiones LSS 73).

*Contar con la constancia de Periodos Reconocidos ISSSTE-IMSS.

En tanto, se deben presentar los siguientes documentos;

*Identificación oficial con fotografía.

*CURP.

*Copia del documento de elección o impresión del Expediente Electrónico Único que acredite que está bajo el régimen de cuentas individuales del ISSSTE.

*Estado de cuenta de la Afore.

Por su parte, los pasos a seguir para hacer la Portabilidad IMSS-ISSSTE son los siguientes:

*Realizar la solicitud de transferencia de derechos:

+En el caso del IMSS: de manera presencial en la Subdelegación más cercana al domicilio, o en línea, a través de IMSS Digital, ingresando a la página de internet oficial del Seguro Social.

+En el caso del ISSSTE: de forma presencial en las Subdelegaciones de Prestaciones de las Representaciones Estatales y Regionales

El Instituto que reciba la solicitud de transferencia de derechos solicitará la información relativa a los periodos y salarios, incluyendo la base de cotización o salarios fundamentales, para determinar los periodos de cotización que son reconocidos por ambos Institutos.

El documento “Constancia de Semanas Cotizadas en el IMSS con la totalización de periodos ISSSTE” o el “Reporte de Periodos Cotizados ISSSTE” le será proporcionado por el Instituto en el que realizó el trámite.

El trámite de solicitud de pensión deberá continuarse en el mismo Instituto en el que se registró la solicitud de transmisión de derechos, y estarás exento de los regímenes obligatorios de ambas instituciones, incluyendo la continuación voluntaria.

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Se deberá manifestar expresamente la intención de transmitir los derechos de los periodos cotizados bajo la Ley del Seguro Social y la Ley del ISSSTE, así como los recursos acumulados en las subcuentas del Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (RCV) constituidas bajo ambos regímenes.

Adquirir el documento de “Resolución de Jubilación y/o Concesión de Pensión” en el Instituto donde se realizó el trámite.

La Administradora de Fondos para el Retiro (Afore), donde se encuentre inscrita la Cuenta Individual, será requerida por el Instituto que emitió la “Resolución y/o Concesión de Pensión” para que transfiera los recursos de las subcuentas correspondientes que se utilizarán para financiar el pago de la pensión.

La Afore transmitirá los recursos de las subcuentas de la Cuenta Individual que se destinarán a financiar el pago de la Pensión, en su caso. La Afore continuará administrando los saldos excedentes de las subcuentas y/o los saldos de otras subcuentas que no hayan sido utilizados. Los trabajadores tendrán acceso a estos fondos cuando soliciten su retiro.

Para presentar la solicitud correspondiente de retiro de recursos ante la Afore, una vez obtenido el derecho a la pensión, se deberán cumplir los siguientes requisitos:

+Tener integrado el expediente de Identificación en la Afore.

+Tener el registro de los biométricos (huellas digitales) en la Afore.

+Documentos necesarios:

+INE

+Comprobante de Domicilio, en caso de que en el INE no se muestre.

+Documento de Resolución o Concesión de pensión.

+Comprobante o número de cuenta CLABE bancaria a nombre de la o el trabajador, ya que ahí se depositarán los recursos.

Es importante recordar que el trámite de Portabilidad se realiza en el instituto de seguridad donde se realizó la última aportación. Sin embargo, si el retiro fue simultáneo, es factible acudir a cualquiera de los dos lugares.

https://becassubes.com/pension/la-pension-bienestar-y-el-cambio-propuesto-por-amlo/

¡Últimos lugares!

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