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¿Puedo pasar de la Modalidad 10 a la Modalidad 40 del IMSS?

Cuando se trata de recibir prestaciones de seguridad social sin la asistencia de un empleador, un número significativo de mexicanos opta por la Modalidad 10 del Instituto Mexicano del Seguro Social. En este marco particular, los trabajadores por cuenta propia tienen derecho a prestaciones análogas a las que disfrutan los asalariados de los regímenes exigidos.

Los trabajadores de la Modalidad 10 pueden plantearse si cambiarse a la Modalidad 40 para obtener una pensión de jubilación para sí mismos.

Un mal nacido por la desinformación (Pensión IMSS)

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Canal informantes del bienestar

La Modalidad 40, también conocida como “Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio”, permite que las cotizaciones voluntarias equiparen el importe total de las retribuciones y semanas cotizadas al nivel del régimen obligatorio.

Este beneficio está reservado a los trabajadores que comenzaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997 y que desean asegurarse una jubilación holgada.

De la Modalidad 10 a la Modalidad 40

El paso de la Modalidad 10 a la 40 es posible, pero hay que seguir unos pasos fundamentales. Lo primero es lo primero: debe obtener una opinión profesional sobre su situación.

El asesor le orientará sobre su pensión y responderá a todas las preguntas que tenga sobre la jubilación. Además, trabajará contigo para diseñar un plan para incrementar tu pensión que se adapte a tus preferencias, así como a tus limitaciones financieras.

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Después de cotizar en la Modalidad 10 del IMSS, tienes la opción de cambiarte a la Modalidad 40. Gracias a este cambio, ahora podrás comenzar a realizar aportaciones voluntarias, las cuales incrementarán el monto de tu pensión.

Para realizar el cambio a esta nueva modalidad, necesitas haber cotizado en el régimen remunerado un mínimo de 52 semanas.

Si era trabajador por cuenta ajena y estaba dado de alta en la modalidad 10 cuando se convirtió en autónomo, tiene la oportunidad de cambiar a la modalidad 40 antes de que expiren las 52 semanas de prestaciones por desempleo asociadas a su anterior trabajo en el quinto año después de haber dejado ese puesto.

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