Esta nota te proporcionará toda la información necesaria, así como los trámites que puedes realizar en caso de no contar con una pensión, si eres trabajador del Régimen 97 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y estás por jubilarte. La institución referida puede negarte este trámite si no cumples con los requisitos.
Es fundamental destacar que los trabajadores afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) que se encuentran bajo el Régimen 97 o Ley 97 son todos aquellos que comenzaron a cotizar a partir del 1 de julio de 1997. Estos trabajadores tienen tres opciones de retiro: renta vitalicia, retiro programado y la Pensión Mínima Garantizada, que es patrocinada por el gobierno federal.
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¿Cuál es la razón por la que te niegan la pensión si trabajas en el Régimen 97 del IMSS?
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) niega la solicitud de cualquiera de los tres tipos de pensión cuando el solicitante no cuenta con el número de semanas cotizadas necesarias, de acuerdo con la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR).
Es importante señalar que para jubilarse en 2024, los trabajadores del Régimen 97 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) deberán contar con un mínimo de 825 semanas cotizadas. Este monto se incrementará en 25 semanas anuales hasta llegar a un máximo de 1,000 semanas en 2031.
¿Qué opciones tienen los trabajadores a los que el IMSS les ha negado la pensión?
Los trabajadores a quienes se les niegue la pensión tienen derecho a retirar sus recursos de su cuenta individual de Afore, de acuerdo con la información del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Para ello, deben cumplirse los siguientes requisitos previos:
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- Tener recursos en tu cuenta AFORE
- Tener 60 años cumplidos
- Tener tu Expediente de Identificación de Trabajador actualizado (genéralo en tu AFORE)
Para retirar recursos de la cuenta individual de la Afore es necesario presentar una identificación oficial, un estado de cuenta o constancia de alta ante la Administradora. Si la Afore no cuenta con estos documentos, deberá solicitarlos a la Afore respectiva. Adicionalmente, se requiere un estado de cuenta bancario con número de Clave Bancaria Estandarizada (CLABE).
Una vez obtenida la documentación necesaria, el interesado deberá acudir a la Subdelegación correspondiente del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y solicitar la negativa de pensión. Esta negativa deberá presentarse ante la Afore correspondiente para solicitar el retiro de los recursos de la cuenta individual.
Los recursos deben entregarse en una sola exhibición, y se especifica que se deben recibir los recursos correspondientes a la jubilación por cesantía en edad avanzada y vejez, así como los del Infonavit 1997 en caso de que existan recursos en esta subcuenta. Es de vital importancia tomar nota de estos detalles.
En caso de que poseas recursos en las subcuentas SAR IMSS 92 y SAR Infonavit 92, se te proporcionarán hasta que cumplas 65 años de edad.
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