Los pensionados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) han preguntado en reiteradas ocasiones si después del 30 de mayo también podrán recibir un pago adicional por la prestación referida. Esta es la fecha límite para que los trabajadores que laboran para una persona moral reciban el pago de utilidades. En la siguiente nota, abordaremos esta y otras interrogantes que se han planteado respecto al pago de pensiones.
Antes que nada, es necesario dejar muy claro que todos y cada uno de los trabajadores tienen derecho a una parte de las utilidades que obtenga su empresa mientras se sigan generando dichas ganancias. Uno de los principios más esenciales de la Constitución es que se aplica a cualquier persona que realice un trabajo que le esté subordinado a cambio de una compensación monetaria.
Sin embargo, es esencial tener en cuenta que todo el personal, incluidos propietarios, directores, administradores, directores generales y socios, debe tener derecho a una parte de los beneficios que genera una empresa. Además de la rentabilidad de la empresa, el único criterio para que esa persona pueda optar a esta bonificación poco común es que haya trabajado para la empresa durante un periodo de sesenta días.
¿Cuál será el cambio que se aplicará a la Pensión IMSS hoy 1 de mayo?
¿Cuándo los derechohabientes del IMSS e ISSSTE podrán acceder a su dinero antes del 30 de mayo?
Después de evaluar la información que se proporcionó, es evidente que los pensionados y jubilados que están vinculados con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) pierden el derecho a cobrar utilidades una vez que dejan de laborar.
Esto se debe a que el trabajador deja de contribuir a las ganancias de la empresa, lo que significa que la corporación ya no está obligada a pagar ese dinero al trabajador en particular.
¿Cuánto dinero recibirán los pensionados?
Aún después de haberse jubilado o dejado de laborar, los trabajadores al servicio del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) tienen derecho a recibir anualmente un aguinaldo.
Los pensionados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) reciben su aguinaldo en un solo pago en el mes de noviembre. Por otro lado, los pensionados del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) reciben su aguinaldo en dos pagos, la primera parte en los primeros días de enero y la segunda en la primera quincena de noviembre.
Se recomienda visitar los sitios web de ambas instituciones para obtener información adicional sobre estas y otras prestaciones. Los pensionistas y jubilados tienen privilegios adicionales, como la posibilidad de pedir dinero prestado a su institución vinculada y descuentos en diversos comercios.
Así puedes tramitar tu pensión del ISSSTE (Tipos de pensión)
¿Tienes dudas? Comunícalas al instituto
Puedes hablar con una persona del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) marcando al 800 623 2323 y seleccionando la opción 3. Este representante atenderá cualquier duda o inquietud que tengan los jubilados sobre la operación del programa.
Para mayor información, puedes comunicarte con el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado (ISSSTE) llamando al 55 5062 0555 o enviando un correo electrónico a atención@pensiónissste.gob.mx o atencioncomercial@pensiónissste.gob.mx para comunicarte con ellos.
https://becassubes.com/pension-imss/tu-pago-de-la-pension-del-imss-se-retrasara-en-mayo/