PENSIONES IMSS: BENEFICIOS QUE NO CONOCÍAS QUE OFRECE EL IMSS PARA MADRES TRABAJADORAS O BENEFICIARIAS
PENSIONES IMSS: BENEFICIOS QUE NO CONOCÍAS QUE OFRECE EL IMSS PARA MADRES TRABAJADORAS O BENEFICIARIAS
Si bien el estar afiliado al Instituto del Seguro Social (IMSS) es una gran oportunidad para aprovechar todos los beneficios al ser trabajadora formal o beneficiaria, los cuales debes aprovechar al máximo, para ello queremos compartirte los más importantes.
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Estar dentro del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) es sinónimo de seguridad, ya que como parte los beneficios que obtienes al ser trabajador y estar cotizando dentro del IMSS, genera tiempo y oportunidad para adquirir una pensión, eso dependerá bajo que ley te encuentres registrada, así mismo, podrás incluir a tu familia.
Los principales beneficios que te ofrece el IMSS, y que más puedes aprovechar como madre soltera o beneficiaria, son los siguientes:
- Atención médica, hospitalaria, farmacéutica y rehabilitación para el trabajador y su familia, en caso de que tus hijos se encuentren enfermos, puedes acudir directamente a tu Unidad de Medicina Familiar (UMF), solo recuerda que en algunos caso como cirugías o atención a algunas discapacidades requieren cierto tiempo cotizado en el instituto.
- Ahorro para el retiro, en caso de ser trabajadora puedes cotizar semanas y alcanzar una pensión por cesantía en edad avanzada o bien si eres cónyuge o concubina puedes adquirir la pensión de tu esposo en caso de fallecimiento.
- Guardería para el cuidado de los hijos, esta opción es perfecta para las madres de familia que trabajan y no tienen con quien dejar a sus hijos, los cuidados y la atención que se maneja en cada guardería es de manera profesional.
- Prestaciones sociales (actividades recreativas y centros vacacionales), tienes ciertos descuentos en los centros vacacionales, acceso a eventos culturales y deportivos.
- Pensiones en caso de invalidez o fallecimiento, este tipo de pensión, dependerá del porcentaje de tu invalidez y del total de tus semanas cotizadas y solo lo podrán gozar los beneficiarios, cuando esta sea aprobada.