¿Cómo solicitar una pensión por viudez a través del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)? Esta ayuda se otorga al cónyuge supérstite, independientemente de que sea viuda, viudo, concubina, concubinario o mujer u hombre con quien el fallecido haya tenido hijos, si esa persona está asegurada y recibe una pensión del IMSS. No se tiene derecho a la pensión si la persona fallecida tenía más de una concubina o concubinario.
De esta forma puedes realizar el trámite de portabilidad de derechos pensionarios (IMSS e ISSSTE)
Requisitos que se deben cumplir para recibir una pensión de viudez del IMSS
A continuación se enlistan los requisitos para obtener la pensión de viudez del IMSS:
- La persona fallecida tuvo que cumplir con un mínimo de 150 semanas cotizadas.
- Si la persona falleció debido a un riesgo de trabajo, no debe cumplir con esto.
- La persona fallecida debe estar dada de alta en el IMSS.
- La persona viuda debe acreditar su vínculo matrimonial
- Si se trata de concubinato, debe demostrar que mantuvo una relación con la persona fallecida durante por lo menos cinco años.
- Si la persona murió por un riesgo de trabajo, se debe presentar el Dictamen de Incapacidad Permanente o de Defunción por Riesgos de Trabajo ST-3, proporcionado por los servicios de Salud en el Trabajo.
Para obtener la pensión de viudez del IMSS, ¿qué documentos necesito?
Se requiere presentar los siguientes documentos relacionados con el asegurado fallecido:
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- El estado de cuenta: puede obtenerse en la página de internet de la Afore.
- Acta de nacimiento: copia certificada o una impresión del formato en línea.
- Acta de defunción: copia certificada o una impresión del formato en línea.
El cónyuge (esposo o esposa) que solicite la pensión debe presentar estos documentos::
- Identificación oficial vigente con fotografía y firma.
- Comprobante de domicilio.
- Documento sobre el estado de cuenta expedido por la institución de crédito autorizada por el Instituto.
- Acta de matrimonio.
- Acta de nacimiento: copia certificada o una impresión del formato en línea.
Documentos de la concubina o el concubino solicitante:
- Identificación vigente con fotografía y firma.
- Comprobante de domicilio.
- Documento sobre el estado de cuenta expedido por la institución de crédito autorizada por el Instituto.
- Copia certificada emitida por la autoridad judicial que pruebe la relación de concubinato con la persona fallecida.
Por esta razón, los nacidos después de 1981 no tendrán pensión