Orden de parte de un juez para entregarle pensión por invalidez a trabajador en fase terminal de Hidalgo
Un trabajador con insuficiencia renal terminal ha logrado una importante victoria judicial en un caso que subraya la importancia de la protección social y los derechos laborales.
Inicialmente, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) denegó la solicitud de pensión de invalidez del trabajador. El trabajador había aportado informes médicos que indicaban que su crítico estado de salud le incapacitaba para seguir trabajando como despachador de petróleo.
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A pesar de esta evidencia, el IMSS sostuvo que la solicitud de pensión debía ser negada, ya que el trabajador aún estaba empleado al momento de la solicitud.
El Juez de Distrito Javier Pérez Santamaría, adscrito al Tribunal Federal del Trabajo en Materia Individual en el estado de Hidalgo, revocó esta decisión y ordenó al IMSS otorgar al trabajador una pensión por incapacidad permanente.
Además, la sentencia condenó al IMSS a pagar retroactivamente la pensión a partir de 2021. El juez sostuvo que el trabajador, a pesar de encontrarse en fase terminal de insuficiencia renal crónica, estaba obligado a seguir trabajando para subsistir, ya que carecía de recursos económicos suficientes para él y su esposa, de acuerdo con el principio de actualidad.
El magistrado considera como factor la enfermedad degenerativa
En la decisión del juez influyó notablemente el estado de salud del trabajador, caracterizado por una enfermedad degenerativa que se deteriora día a día. Se determinó que su estado físico no era susceptible de evolución, por lo que le resultaba imposible realizar las actividades necesarias para su ocupación. En consecuencia, el magistrado aprobó la pensión solicitada y ordenó al IMSS que proporcionara a su esposa una pensión adicional de asignación familiar, asistencia social y cualquier otra prestación en efectivo que pudiera corresponderle.
Este caso establece un criterio jurídico fundamental: el mero hecho de que un trabajador con un estado de salud gravemente deteriorado siga trabajando es insuficiente para denegarle una pensión de invalidez. El juez Pérez Santamaría subraya que la necesidad del empleo para garantizar la supervivencia no debe impedir la prestación de una asistencia esencial a las personas con graves problemas de salud para vivir con dignidad.
El procedimiento laboral 426/2021 ha sentado un precedente que puede influir en futuras decisiones judiciales y administrativas relativas a la concesión de pensiones de invalidez.
La sentencia no solo defiende los derechos del trabajador afectado, sino que también transmite un mensaje claro sobre la obligación del IMSS y otras instituciones de salvaguardar a los trabajadores más vulnerables, en particular a los que padecen enfermedades terminales.
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