Los trabajadores están protegidos por el sistema de pensiones administrado por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) si cumplen 60 años, se enferman o lesionan fuera del lugar de trabajo o sufren un accidente no laboral.
Según el IMSS, este sistema es un derecho de todos los trabajadores afiliados, y ofrece a los beneficiarios cinco opciones diferentes de pensión.
Las pensiones por vejez y cesantía en edad avanzada son otorgadas a los trabajadores jubilados por el IMSS.
¿Qué significa y cómo se calcula la conservación de derechos IMSS?
¿Cuáles son las principales diferencias entre las pensiones de jubilación y cesantía?
Tanto la pensión por cesantía en edad avanzada como la pensión por vejez difieren en la edad en que se cumplen los requisitos establecidos por la Ley del Seguro Social; esto, a su vez, repercute en el monto de la prestación.
Percibirá una determinada proporción de la pensión que le correspondería a los 65 años, pero la cuantía exacta dependerá del momento en que se jubile.
- Pensión de vejez: Se obtiene a los 65 años y es uno de un 100 por ciento.
- Pensión de cesantía: Se obtiene de los 60 a 64 años y va del 75 al 95 por ciento.
Pensión de vejez
Al amparo del Régimen de la Ley del Seguro Social 1973:
- Debe tener 65 años al momento de presentar su solicitud de pensión.
- Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
- Tener registradas ante el IMSS, como mínimo, 500 semanas de cotización.
- Haber cotizado antes del 1 de julio de 1997.
- Encontrarse dentro del período de conservación de derechos, que será igual a la cuarta parte del tiempo cubierto por sus cotizaciones semanales, contando a partir de la fecha de su baja.
Al amparo del Régimen de la Ley del Seguro Social 1997:
- Debe tener 65 años al momento de presentar su solicitud de pensión.
- Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
- Tener registradas ante el IMSS, como mínimo, 1,250 semanas de cotización.
Estas son los requisitos para solicitar la Pensión del Bienestar para Madres Solteras 2023
Pensión de cesantía
Si eres del Régimen de la Ley del Seguro Social 1973 debes cumplir con lo siguiente:
- Tener cumplidos al menos 60 años al momento de presentar la solicitud de pensión de cesantía en edad avanzada, o 65 años para la pensión de vejez.
- Estar dado de baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
- No tener trabajo.
- Estar inscrito al amparo de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997.
- Tener registradas ante el Instituto un mínimo de 500 semanas de cotización.
- Estar vigente en sus derechos ante el IMSS o dentro del periodo de conservación de derechos que prevé la Ley.
Si eres del Régimen de la Ley del Seguro Social 1997 debes cumplir estos requisitos:
- Tener cumplidos al menos 60 años al momento de presentar la solicitud de pensión de cesantía en edad avanzada y 65 años para la pensión de vejez.
- Estar dado de baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
- No tener trabajo.
- Tener registradas ante el IMSS un mínimo de mil* semanas de cotización.
Una vez cumplidos los sesenta años, tiene la opción de cobrar el saldo de su cuenta en un solo pago o seguir realizando aportaciones a la misma hasta alcanzar un total de mil semanas. Tiene derecho al Seguro de Enfermedad y Maternidad tras 750 semanas de cotización al plan.
https://becassubes.com/pension/se-reducira-la-edad-para-tener-derecho-a-la-pension-del-bienestar/
¿Y qué tal si mejor cancelamos todas las pensiones y nos vamos de fiesta?
Mejor cuidemos de nuestros adultos mayores y les brindemos el respeto y apoyo que se merecen. Cancelar las pensiones sería una falta de empatía y una irresponsabilidad social. No olvidemos que algún día también seremos mayores.
¿Por qué deberíamos preocuparnos por las pensiones cuando podemos vivir en la playa y ser felices?
¡Qué artículo tan interesante! Pero, ¿y si fusionamos las pensiones de jubilación y cesantía? ¿Qué opinan?
¡Pero qué aburrido! ¿A quién le importa la diferencia entre pensiones de vejez y cesantía? ¡Vivamos el presente, amigos!
Vivir el presente es genial, pero también es importante conocer nuestros derechos y protecciones para un futuro seguro. La diferencia entre pensiones de vejez y cesantía puede afectarnos más adelante. ¡Cuidemos nuestro futuro, amigo!
No entiendo por qué deberíamos recibir una pensión si podemos trabajar hasta los 90 años. #NoALaJubilación
¡Qué artículo tan confuso! ¿Quién necesita una pensión de vejez cuando podemos ser eternamente jóvenes? 💃🏻💃🏻💃🏻 #ForeverYoung
La pensión de vejez es para los viejitos y la de cesantía es para los cesantes. Obvio, ¿no?
No es tan obvio. La pensión de vejez también puede ser para aquellos que no son viejos según los estándares tradicionales. Y la de cesantía no solo es para los cesantes, también puede ser útil en situaciones de emergencia o transiciones laborales.
¡No entiendo por qué hay que jubilarse! ¡Trabajemos hasta el final y disfrutemos la vida al máximo!
¡Respeto tu opinión, pero no todos tienen la misma energía y salud para trabajar hasta el final. La jubilación es un merecido descanso después de años de esfuerzo. Cada quien disfruta la vida a su manera, y para algunos eso implica retirarse y disfrutar de otras cosas.¡Saludos!
Yo creo que las pensiones solo hacen que la gente se vuelva floja y dependiente del gobierno.
La pensión de vejez es para los viejitos, la de cesantía para los cesantes. Obvio.
¡Claro que sí! No hay que confundir las dos. La pensión de vejez es para quienes han trabajado toda su vida y se merecen un descanso tranquilo. La de cesantía es para aquellos que por circunstancias ajenas se encuentran sin empleo. ¡Cada cosa en su lugar!
¡Yo digo que la pensión de cesantía es mejor que la de vejez! ¿Quién está conmigo? 💪🏼😎 #Controversia
¡Totalmente en desacuerdo! La pensión de vejez es vital para garantizar una vejez digna. La cesantía puede ser temporal, pero la vejez es para toda la vida. ¡Cuidemos a nuestros mayores! 💪🏼👵🏼 #RespetoALaExperiencia
La pensión de vejez es para viejitos y la de cesantía para cesantes. ¿Y si estamos viejos y cesantes? 🤔
¡Vaya dilema! En ese caso, tal vez deberíamos inventar una pensión especial para los viejos cesantes. Después de todo, todos merecemos un apoyo en nuestra etapa de vida más vulnerable. ¿No crees? 😉
Pues yo creo que deberían eliminar todas las pensiones y trabajar hasta morir. ¿Quién se apunta?
¡Creo que deberíamos tener una pensión de vejez y cesantía combinada! ¿Quién está conmigo? 😜💰
¿Por qué deberíamos tener pensiones? ¡El dinero es mejor gastarlo ahora en fiestas!
“¿Y si mejor nos jubilamos a los 30 y vivimos la vida loca? 💃🎉”
“La pensión de vejez y cesantía son iguales, solo cambian los nombres. #ConspiracyTheory”
Eso es incorrecto. La pensión de vejez y cesantía son términos diferentes y tienen requisitos y beneficios distintos. No hay teoría de conspiración aquí, solo información errónea. Informémonos antes de afirmar cosas sin fundamentos.
¡Me parece absurdo que en vez de una pensión de vejez, haya una de cesantía! ¿Por qué?
“Me parece que las pensiones de vejez y cesantía son un robo al trabajador. ¡Manos arriba, IMSS!”
¡No deberían existir diferencias entre las pensiones de vejez y cesantía! ¡Todos merecemos igualdad!
¡Totalmente de acuerdo! Es injusto que existan diferencias en las pensiones. Todos debemos recibir igualdad y justicia en nuestros derechos de jubilación. ¡Es hora de luchar por un sistema más equitativo y justo para todos!
Jubilarse es como jugar al Sims, pero sin poder controlar a los vecinos. #PensionDeVejez
Jajaja, esa comparación es genial. ¡Imagínate tener vecinos en el juego que se la pasen haciendo ruido y molestando todo el día! La realidad de la jubilación puede ser un poco más desafiante, pero también tiene sus momentos de tranquilidad y disfrute. #VivaLaJubilación