Si pronto cumplirá 60 años, debe informarse sobre las pensiones que ofrece el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), así como los diferentes tipos de pensiones disponibles y, lo que es más importante, a qué tipo de pensión tendrá derecho y en qué circunstancias.
A la hora de planificar la jubilación, es importante tener en cuenta que, aunque el IMSS ofrece numerosas pensiones diferentes, cada una de ellas tiene condiciones específicas que deben cumplirse.
Las pensiones del IMSS, así como lo que cubren y cómo podrías obtener la que mejor se adapte a tus necesidades, se describen en los siguientes párrafos.
¿Qué tipos de pensiones existen en el IMSS?
1. Incapacidad permanente parcial o total
Esta pensión se paga en caso de que el asegurado sufra un accidente o enfermedad de trabajo que limite su capacidad laboral (lo que se conoce como incapacidad parcial) o destruya por completo su capacidad para trabajar por el resto de su vida.
Requisitos:
- Estar vigente en sus derechos.
- Que la incapacidad para el trabajo sea dictaminada por los servicios médicos institucionales, a través del formato “Dictamen de Incapacidad Permanente o de Defunción por Riesgo de Trabajo ST-3”.
- La pensión puede ser provisional por un período hasta de 2 años, o definitiva, según lo indique el dictamen médico.
Para empezar, diríjase a la ventanilla de ventajas económicas de la Unidad de Medicina de Familia de su barrio.
2. Invalidez
Las personas que estuvieron amparadas bajo el Régimen de la Ley del Seguro Social en 1973 y se encuentran incapacitadas para trabajar, tienen derecho a una Pensión por Invalidez del IMSS con un salario mayor al 50% de su sueldo del año anterior. Solo se otorga por enfermedades y no por incidentes que no estén relacionados con el trabajo.
De acuerdo con el IMSS, la definición de invalidez bajo el Régimen de la Ley del Seguro Social de 1997 se cumple “cuando el asegurado es incapaz, debido a una enfermedad o accidente no laboral, de obtener, mediante un trabajo igual al que venía desempeñando, un salario superior al 50% del salario percibido durante el último año de trabajo”. Esta definición se aplica únicamente cuando el asegurado no puede obtener un salario superior al percibido durante el último año de trabajo.
Requisitos
- Que el asegurado se encuentre vigente o dentro del período de conservación de derechos, al declararse el estado de invalidez.
- Para Régimen de la Ley del Seguro Social 1973: que al declararse la invalidez el asegurado tenga acreditado el pago de 150 cotizaciones semanales.
- Para Régimen de la Ley del Seguro Social 1997: que el asegurado tenga acreditado el pago de un mínimo de 250 cotizaciones semanales a la fecha en que se dictamine el estado de invalidez, o bien, si el dictamen determina una valuación de 75% o más, solo se requerirá que tenga acreditada 150 semanas de cotización.
- Dictamen de invalidez ST-4, expedido por los servicios Médicos Institucionales, que acredite el estado de invalidez del asegurado. Este documento será proporcionado directamente por los servicios de Salud en el Trabajo correspondientes.
3. Cesantía en edad avanzada
Tienen derecho a esta pensión los trabajadores desempleados mayores de 65 años que no pueden encontrar trabajo.
Para tener derecho a este pago, el asegurado necesita tener al menos 60 años y estar libre de los requisitos del Régimen Obligatorio de la Ley de la Seguridad Social.
Requisitos
Al amparo del Régimen de la Ley del Seguro Social 1973:
- Haber cotizado antes del 1 de julio de 1997.
- Debe tener al menos 60 años al momento de presentar su solicitud de pensión.
- Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
- Tener registradas ante el IMSS, como mínimo, 500 semanas de cotización.
- Encontrarse dentro del período de conservación de derechos, que será igual a la cuarta parte del tiempo cubierto por sus cotizaciones semanales, contando a partir de la fecha de su baja.
Al amparo del Régimen de la Ley del Seguro Social 1997:
- Debe tener al menos 60 años al momento de presentar su solicitud de pensión.
- Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
- Tener registradas ante el IMSS, como mínimo, 1,250 semanas de cotización.
4. Años avanzados
Para tener derecho a esta prestación, el asegurado debe ser mayor de 65 años y estar jubilado del Régimen Obligatorio de la Ley de la Seguridad Social.
Requisitos:
Al amparo del Régimen de la Ley del Seguro Social 1973:
- Debe tener 65 años al momento de presentar su solicitud de pensión.
- Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
- Tener registradas ante el IMSS, como mínimo, 500 semanas de cotización.
- Haber cotizado antes del 1 de julio de 1997.
Al amparo del Régimen de la Ley del Seguro Social 1997:
- Debe tener 65 años al momento de presentar su solicitud de pensión.
- Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
- Tener registradas ante el IMSS, como mínimo, 1,250 semanas de cotización.
- Encontrarse dentro del período de conservación de derechos, que será igual a la cuarta parte del tiempo cubierto por sus cotizaciones semanales, contando a partir de la fecha de su baja.
Para empezar, acude a la ventanilla de ventajas económicas de la Unidad de Medicina de Familia de tu barrio.
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5. Retiro anticipado
Si la pensión vitalicia es superior en más de un treinta por ciento a la pensión garantizada, el asegurado tiene derecho a percibir su pensión de jubilación antes de cumplir las edades necesarias. Para ello, el asegurado debe haber abonado la prima del seguro de supervivencia para los beneficiarios.
Si el asegurado dispone de dinero suficiente en su cuenta para contratar una renta vitalicia con una compañía de seguros, la pensión calculada es al menos un treinta por ciento superior a la pensión mínima garantizada del gobierno y la pensión cubre el seguro de supervivencia de los beneficiarios, entonces el asegurado puede jubilarse antes de los sesenta años.
Requisitos
- Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social
- Tener registradas ante el IMSS, como mínimo, 1,250 semanas de cotización.
6. Ser viuda
Tienen derecho a pensión los cónyuges supérstites de trabajadores fallecidos que reúnan los requisitos establecidos en la Ley del Seguro Social.
¿Eres viuda o concubina de un afiliado al IMSS al que se le dio de baja? Realiza la solicitud de pensión para viudas y viudos. Ninguno de los cónyuges o concubinos tendrá derecho a la pensión si son dos o más.
Requisitos
Para tener derecho a la pensión, el asegurado debe tener 150 semanas cotizadas y derechos en el momento de su fallecimiento. Este plazo concreto de cotización no es necesario para la cobertura del seguro de riesgos profesionales.
7. Orfandad
Los hijos de trabajadores asegurados o pensionados del IMSS que hayan perdido a uno de sus padres u otro familiar tienen derecho a solicitar una pensión por orfandad. Pueden acceder a esta pensión los menores de edad hasta los 16 años.
En su página web, el Instituto Mexicano del Seguro Social ofrece tres alternativas diferentes de pensión de orfandad:
- Pensión hasta los 16 años de edad.
- Pensión para mayores de 16 a 25 años en caso de que se encuentren estudiando en planteles del Sistema Educativo Nacional, siempre que no sean sujetos del Régimen Obligatorio del Seguro Social.
- Pensión para mayores de 16 años que no puedan mantenerse por trabajo propio debido a alguna enfermedad crónica, defecto físico o psíquico, hasta en tanto no desaparezca la incapacidad que padece.
8. Ascendientes
¿Eres padre o madre de un difunto que estuvo cubierto por el IMSS o recibió una pensión? Si usted dependía económicamente de su hijo, puede tener derecho a una pensión de ascendientes, que se paga tanto a la madre como al padre del menor.
Si el pensionista o asegurado fallecido no ha dejado cónyuge, hijos o pareja de hecho con derecho a la pensión, esta se abonará a la madre y al padre que dependían económicamente del pensionista o asegurado fallecido.
Para tener derecho a la pensión, la persona asegurada debe haber cotizado un total de 150 semanas y estar al corriente de pago en el momento de su fallecimiento. No existe un plazo mínimo para cotizar al seguro de riesgos de trabajo.
Los trabajadores tienen derecho a una pensión del IMSS si cumplen 60 años, adquieren una enfermedad o lesión que no esté relacionada con el trabajo o sufren un accidente laboral.
Con una resolución se puede obtener un cheque de pensión cada mes y acceso a los servicios médicos del IMSS.
¿Cuáles son las principales diferencias entre la Ley 73 y la Ley 97?
La Ley 73 y la Ley 97 son dos legislaciones importantes en materia de pensiones para el IMSS en México. De acuerdo con la Ley 73, el monto de la pensión de un trabajador se determina tomando su salario promedio de los últimos cinco años. Por otro lado, la Ley 97 establece un sistema de pensiones que depende del ahorro realizado en las cuentas AFORE por los trabajadores.
Es imperativo aclarar que la Ley 73 se aplica al personal del IMSS que se afilió antes del 1 de julio de 1997, mientras que la Ley 97 se aplica a los trabajadores que se afiliaron a partir de esa fecha.
https://becassubes.com/imss/el-imss-te-otorgo-una-negativa-de-pension/
¿Por qué deberíamos confiar en el IMSS para nuestra pensión? Hay mejores opciones.
El IMSS es una institución sólida y confiable que ha brindado seguridad social a millones de personas durante décadas. Si bien existen otras opciones, no hay que descartar a una institución que ha demostrado su valía. Recuerda que la confianza se gana con hechos, y el IMSS tiene una trayectoria respaldada por resultados.
Olvídense de las pensiones, mejor vamos a vivir en una isla desierta con unicorns voladores 🦄✨🌴
Jajaja, suena tentador lo de los unicornios voladores, pero no podemos olvidarnos de las pensiones. Es un tema importante que afecta a muchas personas. Mejor busquemos soluciones realistas y justas para todos. 💪🏼💼🏦
¿Por qué solo hablar de pensiones? ¡Hablemos de la importancia de los unicornios en la seguridad social! 🦄🌈
¿Y si mejor nos olvidamos de las pensiones y nos vamos de fiesta? 💃🍻 #NoPensiones #VivaLaVida
Me parece que el IMSS debería eliminar las pensiones y regalar unicornios mágicos en su lugar. ¿Quién está conmigo? 🦄✨
Jajaja, definitivamente una propuesta interesante. Pero creo que sería más factible enfocarse en mejorar el sistema de pensiones para garantizar una vejez digna. Aunque, admito, tener un unicornio mágico sería genial. ¡Saludos! 🦄✨
“Las pensiones del IMSS son solo para los flojos, trabajen hasta el final!”
¿Por qué tener una pensión del IMSS cuando puedo vivir de mi arte de malabares con fuego? ¡Viva la libertad!
¡Vaya, qué interesante! Sin embargo, tener una pensión del IMSS también significa tener seguridad y estabilidad económica a largo plazo. Cada uno tiene sus propias prioridades, pero no subestimes los beneficios de tener un respaldo financiero mientras disfrutas de tu arte.
¡No deberían existir pensiones! ¡Trabajemos hasta el último aliento!
¡No entiendo por qué debería recibir una pensión solo por trabajar! ¿Dónde está mi premio por procrastinar?
¡Vaya! Parece que el IMSS tiene más formas de obtener una pensión que estilos de peinado. ¿Quién lo diría?
¿Quién necesita una pensión del IMSS cuando puedes vivir de amor y aire fresco? 😂🌈 #NoAlTrabajo #VivirLaVidaLouca
Vivir de amor y aire fresco suena genial, pero la realidad es que necesitamos un sustento para vivir dignamente. Asegurar una pensión del IMSS es importante para tener tranquilidad en el futuro. #PlanificaTuVida #ResponsabilidadFinanciera
¿Por qué solo hablan de las pensiones del IMSS? ¿Y las del ISSSTE? ¡Discriminación!
“¿Y si mejor nos pagan una pensión en tacos al pastor? 🌮🤔”
¡Eso sería genial! Pero mejor aún, ¿por qué no nos pagan una pensión en tacos al pastor y en efectivo? Así tendríamos lo mejor de ambos mundos: comida deliciosa y dinero en el bolsillo. ¡A comer se ha dicho! 🌮💰
¿Y si mejor nos olvidamos de las pensiones y nos vamos todos a vivir a una isla desierta? ¡Viva la libertad!
¡Vaya propuesta! Vivir en una isla desierta suena tentador, pero ¿y cómo cubrimos nuestras necesidades básicas? La realidad es que las pensiones son un tema importante que debemos abordar con seriedad y responsabilidad. La libertad no se logra huyendo, sino enfrentando los retos de la sociedad.