RECOMENDACIONES ANTES DE REALIZAR EL TRÁMITE DE TUS BENEFICIARIOS BAJO LA LEY 97 EN ESTE 2024
RECOMENDACIONES ANTES DE REALIZAR EL TRÁMITE DE TUS BENEFICIARIOS BAJO LA LEY 97 EN ESTE 2024
En esta ocasión queremos apoyarte con tu trámite para dar de alta a tus beneficiarios que serán parte de tu próxima pensión, pero antes de todo queremos darte algunos consejos referentes a la Ley 97 de IMSS las cuales pueden ayudarte en este proceso, aquí toda la información.
Los pensionados bajo la Ley 97, tienen el derecho de registrar a sus beneficiarios en caso de fallecimiento solo que se realiza de manera diferente es decir, su pensión depende directamente del sistema de las cuentas individuales y de las AFORE de acuerdo a las modalidades como la Renta Vitalicia y el Retiro Programado.
Así mismo es necesario que el pensionado realice la contratación de un seguro de sobrevivencia para que los beneficiarios puedan recibir la pensión del titular, ante eso queremos recomendarte algunos puntos importantes para que los tomes en cuenta para realizar el alta de tus beneficiarios.
- Al adquirir una cuenta individual, las aportaciones que reciben son administradas por una AFORE, la cual se encarga de invertirlas e incrementar los recursos, con el fin de obtener una pensión por Renta Vitalicia o un Retiro Programado, en donde se contempla a los beneficiarios.
- Los principales beneficiarios que pueden obtener tu pensión por la Ley 97 son:
—Esposa (o)
—Hijos menores de 16 años de edad
—Hijos de entre 16 y 25 años
—Hijos con inhabilitación para trabajar
—Padres del pensionado
—Concubina (rio)
La documentación que tendrás que recabar de tus próximos beneficiarios es la siguiente:
La documentación que debe presentar el pensionado para dar de alta a sus beneficios debe ser la siguiente:
Para poder realizar este proceso es necesario tener actualizado el expediente del trabajador para realizar altas o bajas de beneficiarios, este proceso se realizará por medio de la AFORE que está asignada al pensionado.
https://becassubes.com/imss/requisitos-de-la-pension-imss-para-incrementar-los-pagos-de-la-pension/