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Obligaciones fiscales que tienes con el SAT si eres pensionado del IMSS o ISSSTE

Los pensionados y jubilados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) en ocasiones pueden tener complicaciones con sus obligaciones fiscales y cómo cumplir con el Servicio de Administración Tributaria. A continuación encontrarás las respuestas a estas preguntas, que te ayudarán a entender mejor tus obligaciones fiscales.

El SAT es responsable de cumplir con las obligaciones fiscales de los contribuyentes mexicanos, ya sean personas físicas o morales. El SAT recauda ingresos por concepto de ISR, IVA, IEPS e ISAN.

Edad mínima de ley para tramitar tu jubilación (Pensión ISSSTE)

¿Quiénes deben presentar la declaración anual de impuestos para los jubilados del IMSS/ISSSTE?

La presentación de la declaración anual de impuestos es un aspecto crucial a tomar en cuenta. En el mes de abril, esta carga debe ser pagada por todos los jubilados que reciben prestaciones del Instituto Mexicano del Seguro Social y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

Los pensionados y jubilados que tengan ingresos anuales superiores a 400 mil pesos están obligados a presentar declaración anual ante la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon). Las personas que tengan dos o más fuentes de ingresos están obligadas a pagar este impuesto, aunque la suma de sus ingresos no exceda de 400,000 pesos anuales. Los pensionados que reciben dinero de arrendamientos o empresas están sujetos a la misma obligación que los demás.

Incrementa tu pensión IMSS

Tomemos como ejemplo el caso de una viuda que tiene derecho tanto a una pensión del IMSS como a una pensión por viudez del ISSSTE. Esta persona está obligada a presentar cada año una declaración de impuestos como parte del SAT.

Fecha límite para presentar la declaración anual de impuestos del IMSS e ISSSTE

Las declaraciones de impuestos deben presentarse cada año en abril, y los jubilados no son la excepción. Requieren de una firma electrónica vigente para poder realizar este trámite. Debido a que es necesaria para el trámite, deben obtenerla en una oficina del SAT para poder proceder.

Para realizar este trámite, los jubilados deben acudir con un contador. Con la ayuda de este especialista, podrán revisar comprobantes de pago de negocios, facturas, retenciones, deducciones y gastos. Un contable fiscal puede ayudarle a cumplir de forma eficaz y eficiente.

Autorizan aumento en el pago de la pensión IMSS para estos jubilados (SCJN)

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