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PENSIONES IMSS: ASÍ ES COMO PUEDES SABER EN QUÉ RÉGIMEN DE PENSIÓN TE ENCUENTRAS

PENSIONES IMSS: CONOCE COMO PUEDES SABER EN QUÉ RÉGIMEN DE PENSIÓN TE ENCUENTRAS

Conoce en que régimen te encuentras dentro del sistema de pensiones del IMSS y asegura tu futuro en saber de qué manera podrás tramitar tu próxima pensión, aquí te compartimos la siguiente información.

¿Cuáles son los cambios que se esperan para la Pensión IMSS en mayo?

canal informantes del bienestar
Canal informantes del bienestar

Una de las dudas más grandes que pueden existir dentro de los trabajadores formales del Instituto Mexicano del Seguro Social, es de qué manera puedes verificar a que Leyes o Régimen pertenecen, ya que a veces la única cuestión que tienen en mente es la de trabajar y cobrar, pero no conocen sus derechos hasta que los necesitan, para ello queremos darte algunos puntos importantes que debes saber para poder conocer de qué forma funciona tu pensión.

De acuerdo a la Ley del Seguro Social, actualmente se viene manejando 2 Leyes que pueden permitir que el trabajador se pueda pensionar, para ello te presentamos en que consiste cada una:

  • Ley de 1973: Está dirigida a trabajadores que comenzaron a cotizar antes de 1 de julio de 1997.
  • Ley de 1997: Está dirigida a trabajadores que comenzaron a cotizar a partir de 1 de julio de 1997.

La ley del 1973, ofrece a los trabajadores el pensionarse a partir de la edad de los 60 años, teniendo cotizadas 500 semanas como requisito.

Mientras más años vaya cumpliendo el trabajador a partir de recibir el pago de su pensión, su monto irá aumentando hasta llegar al 100%. Tal como se muestra en la siguiente tabla.

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Para calcular el pago de su pensión, se toma en cuenta el salario diario promedio de las últimas 250 semanas cotizadas y el nivel salarial.

En cambio, con la Ley de 1997, para poder tener la pensión por esta ley será por medio de una Cuenta Individual, la cual estará a cargo de una AFORE, donde se tendrá que cumplir con los siguientes requisitos:

  • Para este 2024, es necesario tener un mínimo de 825 semanas cotizadas.
  • Tener la edad de 60 a 64 años en caso de una pensión por Cesantía.
  • Contar con 65 años para una pensión por vejez.
  • Se necesita contar con un expediente de identificación, este trámite se hace directamente con la AFORE.

El dinero acumulado por cuenta individual será parte primordial para la pensión, a lo cual se optaría por una Renta vitalicia, la cual pagaría al trabajador por el resto de su vida, un Retiro Programado, donde se pagaría tu pensión, hasta que los recursos de tu cuenta individual se agotaran y por último en caso de no alcanzar a adquirir alguna de las dos anteriores, se optaría por una pensión mínima garantizada.

https://becassubes.com/pension-imss/como-se-puede-aumentar-hasta-35-tu-pension-imss-sin-la-modalidad-40/

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