ESTO ES LO QUE DEBES SABER SOBRE LOS REGÍMENES DEL IMSS PARA TU ASEGURAR TU PENSIÓN ESTE 2024
ESTO ES LO QUE DEBES SABER SOBRE LOS REGÍMENES DEL IMSS PARA TU ASEGURAR TU PENSIÓN ESTE 2024
Conforme con la Ley del Seguro Social (LSS) “”la seguridad social tiene por finalidad el garantizar el derecho a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia, así como los servicios sociales para el bienestar individual y colectivo.
PORTABILIDAD DE DERECHOS PENSIONARIOS ENTRE EL IMSS E ISSSTE 2024
En este caso nos enfocamos más al tema de la pensión y del Instituto Mexicano del Seguro Social, el cual es uno de los principales encargados de manejar todo el proceso de tu retiro, en este caso vamos a conocer un poco más sobre los regímenes que manejan, para que puedas informarte más sobre este trámite.
Actualmente, hay dos tipos de régimen en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) uno de ellos es el de 1973 y el que entró en vigor el 01 de julio de 1997, estos son aplicados de acuerdo con la fecha en que hayas iniciado las cotizaciones en el instituto.
1. Régimen de 1973, Personas trabajadoras que comenzaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997.
2. Régimen de 1997, Personas trabajadoras que comenzaron a cotizar después del 1 de 1997.
Si cotizaste antes y después del 1 de julio de 1997, eres considerado como un trabajador de transición; así que cuando sea el momento de tu retiro, bajo el seguro de retiro, cesantía en edad Avanzada o Vejez, el instituto te dará a escoger entre uno y otro, la decisión la decidirás tú mismo.
Existen tres ramos que al amparo de la ley del IMSS pueden otorgar una pensión, los cuales son:
· Retiro, cesantía en Edad Avanzada y Vejez (RCV)
· Riesgo de Trabajo (RT) · Invalidez y Vida (IV) |
Pensión por régimen de 1973
• Requiere mínimo 500 semanas de cotización.
• Dependiendo de la edad en la que te pensiones, siempre que tengas por los menos 60 años, te va a corresponder un porcentaje de la pensión que hubiese correspondido de haberla solicitado a los 65 años.
Para una mejor explicación se anexa la siguiente tabla
EDAD | TIPOS DE PENSIÓN | PORCENTAJE |
65 | PENSIÓN DE VEJEZ | 100% |
64 | PENSIÓN DE CESANTÍA | 95% |
63 | PENSIÓN DE CESANTÍA | 90% |
62 | PENSIÓN DE CESANTÍA | 85% |
61 | PENSIÓN DE CESANTÍA | 80% |
60 | PENSIÓN DE CESANTÍA | 75% |
Para calcular la pensión se toma en cuenta el salario diario promedio de las últimas 250 semanas cotizadas (aproximadamente 5 años) y el nivel salarial.
El tope salarial es de 25 veces el salario mínimo general del distrito federal, por lo que ese el límite que se utiliza para el cálculo de las pensiones del IMSS.
Pensión por régimen de 1997
• Requiere mínimo 1250 semanas de cotización.
• Tener 60 a 64 años (pensión por cesantía)
• Tener 65 años (pensión por vejez)
Este régimen manejará tu pensión dependiendo del saldo acumulado en la cuenta individual y se actualizará anualmente, de igual forma puedes pensionarte por riesgo de trabajo, para ello se consideran los siguientes supuestos:
• Sufrir una enfermedad la cual se haya originado por el ambiente donde realizas tu actividad profesional.
• Sufrir un accidente en tu lugar de trabajo, la cual origine una lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata y posterior.
• Para considerar este tipo de pensión no es necesario tener un número exacto, es semanas cotizadas, pero en caso de invalidez mayor al 75% o el fallecimiento del trabajador, se requiere 150 semanas cotizadas, el caso de la invalidez y vida, si es necesario haber cotizado 150 semanas de cotización ante el IMSS.
https://becassubes.com/pension/la-unificacion-de-pensiones-imss-e-issste-2024-todo-lo-que-debes-saber-antes-de-solicitarla/